La Plataforma de Afectados Rural New Life y Mutua Mas Vida, es una asociación española de nivel nacional que agrupa a cientos de afectados por las quiebras de la empresa Rural New Life, S.A. y la Mutua Mas Vida.
15 julio 2015
N O T A I N F O R M A T I V A
De conformidad con cuanto expusimos en la última nota informativa; ante el aluvión de cartas o llamadas telefónicas interesando, cual es la situación actual de los afectados y que se ha hecho para intentar recuperar la mayor parte del patrimonio de RURAL NEW LIFE, ruego tengan la paciencia de prestar atención a cuanto se EXPONE:
Primero.- Con fecha 31 de Julio de 2.002, en la primera nota informativa, manifestábamos las primeras gestiones de cuantas; no solo los afectados que nos dieron su confianza, sino incluso los cientos más que, sin poderes, nos pidieron y obtuvieron puntual información. Documento Nº 1.
Segundo.- La Sentencia final de la Audiencia Provincial de Barcelona Sección Decima, de 29 de Enero de 2.015, ha sido recurrida por varios de los imputados y su firmeza tardará todavía algún tiempo; en poder ser ejecutada.
No obstante el embargo de la finca de Lanzarote, en el Juzgado Nº 15 de Barcelona a instancia del Colectivo de Querellantes y Plataforma de Afectados RURAL NEW LIFE es un patrimonio que como demostramos en el punto cuarto de esta nota informativa, pese a la ingeniaría económica y financiera realizada en su día a través del gabinete Jurídico del letrado D. GABRIEL DE RAMON GRAU, y de la mercantiles CAFUR S.L. y TEN BASIC S.L., que realizan la hipoteca a una sociedad descapitalizada que utiliza como garantía la propiedad de la finca de Lanzarote a nombre de FEBRERAL S.L., en cuyos anexos se explica detalladamente; debe y puede recuperarse.
Tercero.- La Sindicatura de RURAL NEW LIFE, constituida en la Asamblea de Sevilla, con el objeto de nombrar una Sindicatura: salieron elegidos síndicos tres letrados; Roberto LAGOA SANTODOMINGO, 469 escrituras de poder, en el que figuraba también su esposa; Dña. María Loreto DOMÍNGUEZ LAGO; letrada, con domicilio y despacho en Vigo (Pontevedra); siendo el tercer Sindico, D. Jesús VERDES LEZANA, con domicilio y despacho en Madrid y 138 escrituras de poder.
El letrado D. ESTEBAN GÓMEZ ROVIRA, presentó 170 escrituras, de poderes de Cataluña; sugiriendo una colaboración con la Sindicatura, al ubicarse en el Juzgado de Instrucción Nº 15 de Barcelona la Querella Penal interpuesta.
Hay que decir, que todos los poderes realizados a los cuatro letrados mencionados lo fueron, a través de Ancianos, superiores de la feligresía; Testigos de Jehová, que posteriormente serian imputados:
D. BENITO ESCOLANO LORRIO, al despacho de D. ROBERTO LABOA SANTODOMINGO y Dña. MARÍA LORETO DOMÍNGUEZ LAGO, en relación con los afectados de Galicia, Baleares, Andalucía y el resto de España que no fuera Madrid o Barcelona salvo excepciones.
D. ÁNGEL PARAMO ZARZUELO, al despacho de D. Jesús Verdes Lezama, para afectado de Madrid y centro de España.
D. DIEGO LUNA SÁNCHEZ, al despacho de D. Esteban Gómez Rovira, en cuanto a Cataluña.
No es comprensible quien dice representar la mayoría de los perjudicados no haya ejercido las acciones que esta Plataforma ha denunciado:
A).- Cuando con el Contencioso Administrativo, de la Sala Cuarta del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña una vez aceptadas y realizadas todas las pruebas solicitadas, 15 días antes de señalamiento y Votación de Fallo, se cambió al ponente nombrando a D. Joaquín Borrell Mestres, recusado por este letrado inmediatamente; que dictó la Sentencia de 11 de Abril de 2.011 inadmitiendo el Recurso: “Porque no existe reclamación previa en vía Administrativa . . . ”, es decir que, los poderes notariales acompañados en todo el Proceso Administrativo y lógicamente en el Contencioso aceptado con Procurador y Letrado “no existen”.… Si a esta Denuncia, se me solicita alguna aclaración judicial, la presentare de forma inmediata, dada la importancia que tal decisión ha tenido en la problemática de los afectados.
B).- El Auto de fecha 20 de Junio de 2.006, del Juzgado de Primera Instancia Nº 46 de Barcelona, revocó, la pretensión de los representantes de ESTERES LAND S.L. y FEBRERAL S.L., a través de sus Administradores Provisional Dña. Nuria CORTADA CALCENA y Luis VERBON CRUELLS, considerando la comparecencia de esta representación de PLATAFORMA DE AFECTADOS dictando: Documento Nº 2
“ciertamente la Plataforma es un ejemplo de legitimación amplia y su interés en Autos deriva de considerar íntimamente ligadas las quiebras de ambas entidades al derivar una de otra (RURAL NEW LIFE y MAS VIDA), y de haber advertido la existencia de bienes, concretamente una finca que podría permitir el 100% de sus créditos”
“No deja de sorprender que si la Sindicatura de RURAL NEW LIFE veía tan claro el perjuicio que ocasionaba la demanda interpuesta por el Consorcio de Compensación de Seguros, no se personara en este Proceso valiéndose de la misma vía que ahora promueve la Plataforma solicitante”.
De nada valió cuanto manifestó el Juzgado Nº 46 de Barcelona por cuanto el Consorcio de Seguros, que entonces abonaba a los Administradores Provisionales, nombrados por la Generalidad sus minutas y gastos, apeló la Resolución citada, siendo declarada por la Sección Once de la Audiencia Provincial de Barcelona, la existencia de prejudicialidad Penal, al existir la Querella admitida a trámite en el Juzgado de Instrucción Nº 15 de Barcelona. Sin embargo en dicha resolución se condenaba en costas, a la Plataforma, incomprensiblemente, y no cabe duda, con la pretensión de silenciar a los litigantes, por un lado, el Consorcio de Seguros de nombre de MAS VIDA y por el otro, ESTERES LAND S.L., juraron la cuenta a 15 de los numerosos litigantes embargándoles sus cuentas telemáticamente, dando lugar al expolio de las cantidades que se reseñan en el Documento Nº 3 adjunto.
Cuarto.- Al redactar esta Nota Informativa recibimos del Juzgado Nº 5 de Sevilla, la minuta junto con balance de la Sindicatura de RURAL NEW LIFE.
Con fecha 15 de Mayo del 2.009, la Sindicatura presentó minuta que cobró de 198.796,28 €, que ya discutimos en su día, y que se cobró; ahora y con la misma fecha se solicitan 147.900,00 €, cantidad que unida a las ya percibidas suponen la cuantía de 346.696,28 €, 57.898.232 Ptas., y creo que se debe explicar: Documento Nº 5 y 4
¿Además de estos honorarios de tres letrados, se tiene derecho a percibir el 5% del importe de la masa?
La confusión de Síndicos y Letrados en la misma personas, puede ser de una economía importante, salvo que se minuten a parte porque en este último caso es evidente las sospecha de la gestión, que debería individualizarse.
De ahí que solicitemos al Juzgado de Sevilla su aclaración
Son muchos afectados cuyos poderes sirvieron para nombrar Síndicos a quien son ahora y se pregunta: ¿Pueden minutarse individualmente por cualquiera de los Síndicos, letrados de sus poderdantes cantidad alguna de honorarios?. Esta PLATAFORMA DE AFECTADOS estima que no.
Finalmente, previa la vista del Juicio Oral en la Sección Decima de la Audiencia de Barcelona, esta representación de la Plataforma entregó los cuadros que ahora adjuntamos a sus Señorías, si bien ante la oposición no solo de las defensas de los imputados sino de las propias Sindicaturas no fueron incorporadas y relatamos ahora para esclarecer el GRAN FRAUDE.
07 mayo 2015
N
O T A I N F O R M A T I V A
La Sentencia de la AUDIENCIA
DE BARCELONA, cuyo resumen se
encuentra expuesto en la página de la presente PLATAFORMA DE AFECTADOS, supone una inquietud de la mayor parte de los
afectados y un interrogante a este despacho jurídico, sobre las iniciativas que deben realizarse.
La Sentencia es
decepcionante en cuanto soslaya responsabilidades de imputados, como determinados Ancianos y sus familiares
colaboradores, cuyas pruebas aportadas a la instrucción han sido abrumadoras, no solo por cuanto los desvíos de las sumas
aportadas con engaños a sus discípulos, lo han sido para sí o sus familiares, independientemente
de constituirse en una MUTUA MAS VIDA,
FALSA desde su constitución,
probándose hasta la saciedad las irregularidades de la Dirección de Economía y Finanzas de la Generalitat de Cataluña, que apoyaron a
la Sindicatura Consorcio de Seguros, culpable de mirar hacia
otro lado, en la ingeniería financiera
de unas sociedades inexistentes por lo que en su día fueron imputados, y posteriormente absueltos al
retirarse las acusaciones de forma inexplicable, para luego obstaculizar las iniciativas
constantes de esta PLATAFORMA DE
AFECTADOS.
Pero ello, no debe ser expuesto como un desahogo:
La realidad es que, la
Sindicatura de RURAL NEW LIFE no da señales de vida en cuanto a
finalizarse, tras cerca de trece años, de su gestión; y ésta es la primera
iniciativa que hacemos ante el Juzgado de Sevilla. No puede haber pretexto
alguno, para no terminar su labor y
constituir la Asamblea en que deberá darse cuenta de su final liquidación:
1.- Algunas de las
iniciativas emprendidas por esta Plataforma
no puede explicarse en una nota informativa que, sin duda, es leída también por quienes deberán verse afectados por las
mismas.
2.- El embargo de la
finca de Lanzarote ante el Juzgado de Instrucción Nº 15 de Barcelona por esta Plataforma de Afectados,
debe ser ejecutada ya, y el contacto
tenido hasta fecha con los protagonistas: aparentes propietarios, subasteros, intermediarios, abogados, con nombre y apellidos que muy pronto saldrán
también en la próxima nota informativa de Junio próximo ppdo.
3.- No nos olvidamos
de la Cúpula Internacional de Testigos
de Jehová, cuyo silencio, no puede
catalogarse de prudente, cuando se
asienta sobre la ingenuidad de una feligresía creyente.
4.- No estamos dando
publicidad de algunas acciones ya
emprendidas, que publicáramos en cuanto
los Juzgados de Sevilla y Barcelona provean los impulsos procesales
solicitados.
22 diciembre 2014
N O T A I N F O R M A T I V A - R U R A L N E W L I F E
El pasado día 30 de octubre del año en curso tuvo lugar una
reunión informativa sobre el desarrollo del juicio que tendría lugar en el mes
de diciembre. A continuación les mostramos imágenes del evento, así como el
contenido del power point que se desarrolló en dicha reunión.
IMÁGENES DEL POWER POINT
13 octubre 2014
Gómez Rovira
& Gómez Rovira
Jr.
Abogados
C/ Rocafort,
24, Pral. 1ª
08015 –
Barcelona
Telf. 93 423
84 05 Fax 93 426 31 20
Apreciados amigos;
Por la presente nos dirigimos a Uds., habida cuenta de la
relativa cercanía de la celebración del juicio oral, señalado para los días 2, 3, 4, 9 y
10 de diciembre del año en curso
en la Audiencia
Provincial de Barcelona, sita en Paseo Lluís Companys Nº 14-16 de
Diciembre del año en curso.
Como ya suponen, la complejidad del presente juicio, no sólo por su duración, sino
por la cantidad de documentación que hay que estudiar y analizar, así como por
la cantidad de personas, bien querellantes, bien imputados, que prestarán
declaración en el mismo, hacen necesaria la intervención de todo el equipo
profesional de abogados que configura nuestra firma, con una dedicación
exclusiva en los próximos meses, para preparar este Juicio.
Es por ello, que
entendemos necesaria la convocatoria de una reunión, que señalamos para el
próximo día;
30 de octubre,
a las 16,00 h,
Recinto de Can Calderón,
C/ ď Andorra, 64,
Viladecans 08840,
Barcelona,
en la que por nuestra
parte podamos explicarles la forma en que se enfocará la defensa de nuestras
pretensiones en juicio, y nuestras expectativas al respecto, y por su
parte, deberán formular todas aquellas dudas que puedan tener a fin de
solventarlas con carácter previo a la fecha del juicio.
Cordialmente.
04 abril 2014
NOTA INFORMATIVA
En la tarde del día de hoy, Jueves 3 de Abril, la Sindicatura de RURAL NEW LIFE, ha impedido la entrada
a una de las inmobiliarias que
iba acompañada por unos de los expertos
que debía evaluar el interés mostrado por uno de los inversionistas. Especialistas
que se desplazan expresamente y no puede realizar su informe.
Una
situación que resulta de muy difícil
explicación para cualquier inversionista, que el propio que ha instado la
venta, impida que existan mejores
ofertas. Y que desde luego huirán de cualquier situación que suponga un
conflicto que amenace una importante inversión.
Tampoco
resulta aceptable los correos enviados a
los profesiones de las Inmobiliarias, tratando de amedrentarlos, como ya se ha hecho, telefónicamente con algunos afectados de la quiebra y miembros de
la; PLATAFORMA
DE AFECTADOS Y COLECTIVO DE QUERELLANTES
DE RURAL NEW LIFE.
Son
hechos que calificamos de muy
graves, y que nos llevan a
la lamentable decisión de solicitar de acuerdo con la LEY CONCURSAL en su Art. 37, que el determinado
Sindico, sea apartado de la Sindicatura.
En
otro orden de cosas, ante la constatación de diversos indicios que
fundamentados en nuestros Razonamientos; solicitamos del Juzgado diversa información
documental, sobre la venta de participaciones de:
1) NEW LIFE AVIACIÓN S.L.
/ SERVICIOS AEREOS DEL ATLANTICO S.L.
2) PORTUGAL 7
SIETE S.L / PORTUGAL SIETE C.B.
(Comunidad de Bienes)
3) VIDA PER L´AVI S.L / RURAL NEW
LIFE S.A.
4) 15.000 Acciones de FEBRERAL S.L. / PORTUGAL 7 SIETE S.L.
5) NESKY S.L.
6) ELECTRICIDAD E INFORMATICA BENITEZ S.L. / E.I.B COMPUTERS S.L.
7) AMOH (ASESORIA MEDICA Y ORIENTACIÓN HOSPITALARIA)
8) TAKE FRON SAPIN TO THE
WORLD S.L.
02 abril 2014
N O T A I N F O R M A T I V A
F E C H A A P E R T U R A DE
J U I C I O O R A L
Anunciamos que:
La AUDIENCIA
PROVINCIAL DE BARCELONA SECCIÓN DÉCIMA Procedimiento Abreviado 78/2.013- MG,
ha señalado fecha para celebración del Juicio Oral para los días:
2 de Diciembre
2.014 a las 11:00 h
3 de Diciembre
2.014 a las 10:00 h.
4 de Diciembre
2.014 a las 10:00 h.
9 de Diciembre
2.014 a las 10:00 h.
Quedan citadas las partes personadas, en el presente Proceso, acusados, testigos y peritos.
Se admiten todas las Pruebas solicitadas.
28 febrero 2014
N O T A I N F O
R M A T I V A
La
PLATAFORMA DE AFECTADOS RURAL NEW LIFE Y
MUTUA MAS VIDA, fue creada junto con el COLECTIVO DE QUERELLANTES a
instancias de este letrado D. ESTEBAN GOMEZ ROVIRA, Colg. 11.219 del I.C.A.B., desde su creación
hasta la fecha todas las informaciones redactadas y publicadas en esta página, llevan la firma y responsabilidad de cuanto se
expone, de este letrado que, confirma
como propios cuanto en las mismas se ha dicho, se dice y se dirá.
Ante
el hecho de las llamadas telefónicas, que viene realizando la SINDICATURA de RURAL NEW LIFE a varios afectados de
esta PLATAFORMA debemos manifestar;
1
Nuestra
disconformidad con dicha SINDICATURA, a lo largo de once años de gestión; pese a
los momentos puntuales en que hemos denunciado la Acción u Omisión de iniciativas
de la misma.
2
la total desconexión de esa SINDICATURA con esta Plataforma y Colectivo de Querellantes,
en cuanto a la forma de acceder a los poderes notariales que nos atribuyen los
afectados, similar a los concedidos a través
de Diego luna Sánchez para
Cataluña, hoy imputado.
3
la pasividad al consentir la entrega de la finca de Lanzarote, en la componenda entre dos Administradores provisionales,
Luis
VerBón Cruells y Nuria Cortada
Calcena hoy denunciados, tras el cobro de Costas a quien se opuso a su
gestión; esta PLATAFORMA; cuando además ya estaban cesados por la
GENERALITAT de Cataluña; Proceso Vigente.
4
El
conocimiento de la constitución
de una sociedad limitada; LAGOA Y
VERDES CONCURSALES S.L., desde el 29 de Diciembre de 2.012, cuyos administradores solidarios son; Roberto
lagoa santodomingo y JESUS VERDES LEZANA, en el mismo domicilio social en Vigo, C/
Oporto, Nº 11, 1º -D, en que reside el
despacho de dos de los Sindicos
de RURAL NEW LIFE, el matrimonio Roberto lagoa santodomingo y su esposa Loreto Domínguez Lago.
5
Es
evidente, la posible contradicción de dicha empresa con la SINDICATURA, de RURAL NEW LIFE, al comparecer por
abrumadora mayoría en la Asamblea de Sevilla, tras los poderes notariales
aconsejados a los afectados por los hoy parte de imputados, incluso los de este
letrado; en estrategia similar a la adoptada por DIEGO LUNA SANCHEZ para Cataluña,
Angel
paramo en la zona Centro de España y Escolano
lorrio en otras provincias, siguiendo las instrucciones a través de los
ancianos; hoy también alguno de ellos imputados por esta Acusación Particular.
6
Once
años, son muchos años, para decir ahora que no se ha podido recuperar ni
siquiera el 10 por ciento de una inversión superior., 40.000.000 €.
No
puede substraerse esa SINDICATURA,
al lógico reproche de la última iniciativa al pretender vender la única finca que
ya queda: la MONTUA, por menos de la
mitad del valor actual de mercado y con
una fórmula que rara vez concede la ley; VENTA AUNQUE A UN INTERMEDIARIO DE FUTURO COMPRADOR.
No
vamos a consentir más intimidaciones a quienes han puesto su confianza en esta plataforma
que, al menos, sí ha demostrado y conseguido responsabilidades
civiles de las empresas espurias,
que ahora se quieren entorpecer.
20 febrero 2014
Informamos
que el;
Colectivo de Querellantes
y
Asociación Plataforma de Afectados
Rural New Life
y
Mutua Más Vida
ha presentado RECURSO DE REPOSICIÓN, contra el Auto del Juzgado Nº 5 de Sevilla,
que autoriza la venta, instada por la
Sindicatura, ante los hechos
que se desconocían en el periodo de Alegaciones y que fundamentamos básicamente en
los siguientes
h e c h o s:
1.-
El Informe de
Valoración que presenta la Sindicatura,
ha sido
realizado por el Arquitecto Tecnico,
D. UNAI IZAQUIRRE, a petición de
D. SAMUEL OGANESYAN, la misma persona que presenta la Oferta
de Compra.
“Las tasaciones sobre Valor de Mercado de
las Fincas; 40.752, 40.753, 40.754,
40.75, 40.76, 40.77, 40.78, 40.79, 43.007, 2.831, Situadas en la Urbanización
La Montua; Nº 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18,
19, 33 y 35, han sido solicitada por el Sr. SAMUEL OGANESYAN”.
2.-
La
Oferta de Compra, quien la realiza es; D.
SAMUEL OGANESYAN, el mismo que contrata el Informe
de Valoración.
3.-
La
Forma de venta es; inquietante;
“Venta directa aunque a un intermediario del futuro comprador”
Y en este extremo y dada la opacidad con la que se conduce la
Sindicatura, queremos saber;
¿Quien es el intermediario?.
¿Quien es el futuro comprador?.
¿Cuál será la Comisión por la primera Venta?.
¿Cuál
será el importe de la segunda
venta, a ese FUTURO COMPRADOR?.
¿es
esa una de las razones, para vender
por menos de la mitad, de lo que se
perita el Informe de Valoración, contratado por la parte interesada y que no
resulta adecuado a la realidad?.
¿Se merecen los defraudados ahorradores que esa Sindicatura decida entregar el Patrimonio; en la forma que se pretende?.
¿Es esta la forma de defender los intereses, de los Afectados, por quienes
como ellos informan en el pagina
de la SINDICATURA, tienen una triple condición:
1.- ora;
Como integrantes de la
Sindicatura.
2.- ora; Como
letrados de la Quiebra
3.- ora; Como letrados
de los clientes a los que se
representa
Ora;
¿qué ?
4.- El Informe de
Valoración manifiesta su Validez es:
“hasta
el 18 de Febrero 2.013”.
5.- El Informe de Valoración, manifiesta que:
“Las fincas 40.752, 40.753 y 40.754, no han podido ser
valoradas al estar según el PGOU 2.010,
dentro de una de ZONA VERDE PÚBLICA, y carecer de valor de Mercado
alguno”.
cuando lo cierto es;
que se encuentran clasificadas por el Ayuntamiento de Marbella; como AA-MB-15
y le son de aplicación, el Art. 10.3.5
del P.O.G.U., en su categoría de SUELO URBANO, NO CONSOLIDADO.
Con la valoración que fija la Junta de
Compensación.
Lo que significa la entrega de tres Parcelas GRATIS TOTAL
6.-Parcela Nº 12 Finca 40.752, No valoran Gratis
Total
7.-Parcela Nº 13 Finca 40.753, no valoran Gratis Total
8.-Parcela Nº 14 Finca 40.754, No
valoran Gratis
Total
6.-
La oferta de compra de ocho, de las diez Parcelas es de; 300.000 €, lo que significa menos de
la mitad, del propio peritaje que se presenta que asciende a
666.966,88 €.
1.- Parcela Nº 15 Finca 40.755, Tasación 143.803,74 €
2.- Parcela Nº 16 Finca 40.756 Tasación 138.413,14
€
3.- Parcela Nº 17 Finca 40.757 Tasación 138.140,00
€
4.- Parcela Nº 18 Finca 40.758 Tasación 138.140,00
€
5.- Parcela Nº 19 Finca 40.759 Tasación 108.470,00
€
Subtotal 666.966,88 €
Lo que significa; 366.966,88 € Gratis Total
5.- Parcela Nº
33, Finca 43.007
Según la información
catastral tiene una:
1.- superficie
de suelo de; 5.318
m².
2.- superficie construida
de; 1.027m
².
El Informe de
Valoración, que se presenta, toma
como superficie de Construcción
394,91m², frente a los 1.027 m² que informa el Catastro, menos de la mitad,
que multiplica por el Valor Homogenizado de 1.879,03;
Tasación Informe de Valoración
394,91m²X 1.879,03 =742.047,74 € Tasación Informe de
Valoración
Tasación GRATIS TOTAL
1.027m² x 1.879,03
= 1.929.763,81 €
1.929.763,81
€ - 742.047,74 € = 1.187.716,07 € GRATIS
TOTAL
Lo que significa una
superficie de;
a)
suelo construido de; 632,09 m² Gratis
Total
B)
Superficie
de Suelo de Parcela 5.318 m² GRATIS TOTAL
6.- Parcela Nº 35,
Finca 2.831
No se trata de un
edificio en ruinas, con tan solo 14 años de existencia como se pretende del
interesado reportaje fotográfico, que presenta la Sindicatura; sino de un edificio en el que se encuentran
sus obras prácticamente terminadas, que
no tiene ningún expediente de infracción
urbanística, ni ninguna razón
para su derribo más que la del capricho
del Ofertante que contrata el Informe de
Valoración.
Que adquiere gran valor, fundamentalmente económico ya que con la nueva normativa Urbanística, que no le afecta, al haber sido aprobado en la Normativa Urbanística anterior; en esa zona
no se puede construir en la actualidad; un
edificio de 3 plantas y hasta mil
metros (1.000 m²) de suelo construido,
como
el existente; pero nada impide terminar la
obra y destinarlo al uso que más interese, o incluso dividirlo al tener acceso al
edificio desde dos calles opuestas.
Con una superficie de 3.204
m², se oferta 400.000 €, no se
valora el inmueble construido; que no es otro que un
Hotel, con una Superficie Construida
de 986
m², por estar fuera de ordenación y se imputa el coste de
su demolición 60.000 €, al peritaje que se presenta, en el Informe
de Valoración; punto 10.5, Flujos
de Caja, Flujos de Caja Previsibles,
La realidad es, que se trata de una edificación totalmente legal, cuyo número de
Expediente según informa el propio Ayuntamiento
de Marbella, es el Nº 176/1.999 y se encuentra firmado por el
Arquitecto D. Joaquín Esperón Dorrego, Colg. 16 del COA de Cadíz, que cuenta con todos los permisos de
construcción, y por tanto, solo
requiere su inscripción en el Registro de la Propiedad.
Lo que significa una superficie de:
A)
Suelo construido de: 986 m² Gratis
Total
(986 m² x
1.879,03 = 1.852.723,58 €)
1.852.723,58
€ - 400.000 € = 1.452.723,58 € Gratis
Total
B)
Superficie de Suelo de Parcela 3.204m² GRATIS TOTAL
7.-
La Superficie total de metros cuadrados, asciende a; 16.765
m², que divido entre el precio
de venta que se pretende de, 1.280.000 €, arroja un resultado de;
76,35 € por metro cuadrado
En una Urbanización en Marbella, dónde las propias
Inmobiliarias de Marbella nos
manifiestan que;
“tiene las mejores vistas al mar en Marbella”.
En el próximo año 2.016, está previsto reabrir el antiguo
hotel Don
Miguel, una vez remodelado
por un importante grupo inversor, como Magna Palace Marbella, que tendrá una categoría de cinco estrellas superior, se convertirá
en uno de los más grandes y lujosos de Europa, con una inversión de 50 millones de Euros. será
un gran complejo hotelero y turístico con;
12 restaurantes gastronómicos, un centro de negocios,
de congresos;
un centro comercial de 22.000 metros cuadrados, dedicados únicamente a Firmas
exclusivas y de Lujo; un centro spa de 5.000 metros cuadrados; una discoteca, un complejo
de cine, rodeado de; jardines
subtropicales, grandes
piscinas y un lago artificial.
Su ubicación es limítrofe con la
Urbanización LA MONTUA, exactamente desde la Parcela
Nº 33, Finca 43.007, hay 450 m, de distancia a la
Parcela Nº 27 que linda con el Hotel Don Miguel.
No es necesario hacer ningún comentario.
8.-
El Informe de
Valoración, acredita que el estado
de conservación es;
“media, en
buen estado de conservación”.
La Sindicatura en su escrito al
Juzgado manifiesta;
“ha sufrido un
notable devaluación por estado de deterioro en que se encuentra”,
Cuando la Sindicatura, es la responsable de su mantenimiento y
conservación.
9.-
Las principales Inmobiliarias de Marbella, desconocían la venta de las Diez Parcelas,
con las que hemos contactado y han mostrado su interés, del mismo modo que, manifiestan
que pueden superar el precio,
por lo que la Sindicatura, pretende su venta.
Lamentablemente la Sindicatura, no
ha permitido el acceso al inmueble;
a las inmobiliarias y sus clientes.
10.-
Nadie puede afirmar;
“Que importa; cien
millones más o menos, para lo que
corresponderá a cada uno, de los afectados”,
A nosotros nos importa; cada Euro, cada Céntimo, cada
Historia; la del esfuerzo del pequeño ahorrador, la de la indemnización por
accidente, por viudedad, etc, etc, cada historia cuenta, no solo por lo cuantificable del perjuicio
económico, sino aquel que no es valorable; el Daño moral;
cada historia, cada Vida, cada
Céntimo, cada Euro importa.
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