08 octubre 2013

      Adjunto remitimos escrito al Juzgado de Instrucción Nº 15 de Barcelona, de oposición a la iniciativa de la Sindicatura de Consorcio de Seguros,  para que lo haga llegar a la Audiencia Provincial de Barcelona Sección Tercera,  confirmando la Providencia de dicho Juzgado,  de embargo  por la cantidad  treinta y ocho millones catorce mil, quinientos sesenta y cuatro con sesenta y ocho euros, (38.014.564,68 €), de las entidades mutua mas vida,  FUNDACIÓN MÁS VIDA, RURAL NEW LIFE S.L., HERALDO BUSINESS S.L., esteres land S.L.,  febregal S.L.


______________________________________________________

Juzgado de Instrucción Nº 15
Diligencia Previas 7/2.003-Sección B P.
Barcelona





A L    J U Z G A D O



         D. JORGE RODRIGUEZ SIMON, Procurador de los Tribunales y del Colectivo de Querellantes y Asociación Plataforma de Afectados Rural New Life y Mutua Más Vida, cuya representación tengo acreditada ante ese Juzgado comparezco y como mejor proceda



D I G O:


         Que con fecha 2 del cte., mes de Octubre me ha sido notificada Providencia de 25 de Septiembre ppdo., por la que, se emplaza a las partes sobre el escrito que la representación de Mutua Más Vida de  previsión social a Prima Fija en Quiebra Voluntaria,  ha tenido a bien dirigir a ese Juzgado; lo que vengo en cumplimenta en base a los siguientes




R A Z O N A M I E N T O S




Primero.-    La iniciativa de ese Juzgado de instrucción de 9 de Septiembre del presente año de embargo de diversas cuentas,  a fin de garantizar las responsabilidades pecuniarias que ascienden; a 38.014.564,68 €, treinta y ocho millones catorce mil, quinientos sesenta y cuatro con sesenta y ocho euros,  no solo es acertada, sino de legal cumplimiento, al cerrar la pieza separada de responsabilidad civil de todas las empresas imputadas en las que debe figurar las que en su día señaló el Ministerio Fiscal, y retiró después,  ocasionando que, esta Acusación Particular, solicitara y obtuviera dicha imputación de responsabilidad, por cuanto solo en el  Juicio Oral, podrá dilucidarse todas las responsabilidades de las empresas creadas artificialmente que se disputan, con desigual suerte,  las dos Sindicaturas de Rural New Life y Mutua Más Vida, y que esta Acusación Particular en defensa de cientos de perjudicados pretende también esclarecer.




Segundo.-   El alegato en el;  manifiesta Cuarto,  párrafo Sexto del escrito presentado por la representación de la Mutua Más Vida se dice textualmente;


         “Y sobre todo, supone un contrasentido que quien en un proceso penal acusa se vea en la necesidad de desdecirse en tal acusación para ejercer la defensa indirecta de los acusados, y de esta forma, tratar de quedar liberada de las responsabilidades civiles derivadas de la actuación de tales acusados;

         En otras palabras ocupar ambos lados del estrado”.



         La evidencia de responsabilidades en la creación de la MUTUA MAS VIDA,  autorizada primero por la propia Generalidad de Cataluña, a través de la Consejería de Trabajo; hoy dirección General de economía y Finanzas; y las iniciativas de  la Sindicatura de Mutua Mas Vida, Consorcio de Seguros que, entre otras,  supuso el allanamiento del Administrador de Rural New Life, nombrado y mantenido por la Generalidad de Cataluña,  hasta la fecha del Acto de Conciliación celebrado ante el Juzgado Nº 46 de Primera Instancia de Barcelona;  por supuesta legitimidad de empresas propiedad de Rural New Life que artificialmente se nos quiere demostrar pertenecer a la Mutua Más Vida, cuando ambas entidades han sido siempre la misma cosa  y deben esperar a la apertura del Juicio Oral,  por cuanto el Articulo 410, de la L.E.C., establece que la litis pendencia, con todos los efectos procesales, se produce desde la interposición de la Demanda,  en este caso Querella, como obviamente lo entendió el Juzgador en el proceso de allanamiento ante el Juzgado Nº 46 de Barcelona; e incluso la misma sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona Sección Once,  que llega al extremo de reconocer la existencia de:  cuestión Pre judicial Penal, ante el Juzgado de Instrucción Nº 15 de Barcelona,  al que ahora nos dirigimos.


         Efectivamente por ello, en las conclusiones provisionales de esta acusación particular,  se trae a colación las presuntas responsabilidades civiles al menos,  de quienes nombraron,  cambiaron,  intervinieron,  vendieron o cedieron patrimonio de los afectados, sin legitimidad para ello.


En su virtud,



SUPLICO AL JUZGADO.-         Tenga por hechas las manifestaciones que anteceden y con incorporación a la Causa de la documentación que se acompaña y que se encuentra en el expediente de la misma, acuerde tener por cumplimentado el emplazamiento hecho a esta parte y mantener la providencia por la que se interesa el embargo al que ahora se opone el Consorcio de Seguros.




OTRO SIDIGO.-   Que por economía procesal se adjunta documental que se encuentra en el expediente voluminoso de la Causa del epígrafe.




Justicia que solicito en la ciudad de Barcelona, a 7 de Octubre de 2.013.




                Ldto.                                                             Proc.
D. ESTEBAN GÓMEZ ROVIRA.                        D. JORGE RODRIGUEZ SIMÓN.
        Colg. 11.219

10 comentarios:

  1. Anónimo00:35

    de nada sirve todo está preparado todo está previsto para que todo se lo lleve presuntamente el Consorcio de Compensación

    ResponderEliminar
  2. Anónimo00:37

    la jueza está junto a la Generalitat y junto al consorcio que son lo mismo a nosotros nos van a dar por donde amargan los pepinos

    ResponderEliminar
  3. Anónimo00:41

    alguien cree que a la jueza le importa algo el padecimiento que estamos sufriendo todos los afectados? a ella le cae cada mes de la Generalitad cómo va ir en contra de ellos? aún teniendo muy claro cómo nos han robado

    ResponderEliminar
  4. Anónimo00:44

    importa a la jueza algo de lo que estamos sufriendo padres enfrentados con sus hijos matrimonios rotos anginas de pecho infartos depresión ansiedad etcétera a ella que le importa

    ResponderEliminar
  5. Anónimo00:54

    la jueza les ha dado 13 años a los sinvergüenzas para que pongan su dinero a buen recaudo. al final tendremos que hacer una colecta y dar dinero porque se declararan insolventes claro después de 13 años seran pobres y las víctimas pagaremos la penitencia de ellos. no quiere imponer la ley pues deje su cargo a otra persona que si quiera aplicar la ley

    ResponderEliminar
  6. Anónimo00:57

    tenés razón en todo lo que habéis escrito. no vamos a ver ni un duro no hay justicia para los pobres sólo para los ricos. vaya justicia que hay ninguna

    ResponderEliminar
  7. Anónimo01:01

    13 años para un juicio. 13 años y se llegara a hacer lo dudo no hay justicia el notario que fue el primer sinvergüenza debería estar entre rejas

    ResponderEliminar
  8. Anónimo01:04

    tienes toda la razón. la jueza mira para otro lado ante el Notario ante el conseller de la generalitat ante la Seguridad Social ante el consorcio

    ResponderEliminar
  9. Anónimo01:12

    dormira esta jueza a pata suelta por la noche. tendrá conciencia

    ResponderEliminar
  10. Anónimo01:22

    los abogados . qué hacen los abogados después de 13 años no vemos ni un solo resultado. presuntamente no habrá pillado alguno ya? de ahí que nadie informe de nada

    ResponderEliminar