A continuación transcribimos escrito presentado ante el Juzgado de Instrucción nº 15 de Barcelona, al no poder colgarlo en imágenes debido a problemas técnicos del servidor. Tan pronto como se solucionen pondremos a su disposición el citado escrito en el formato habitual.
Jdo. Instrucción nº 15
Diligencias Previas 7/2003 – BP
Barcelona
AL JUZGADO
DON JORGE RODRIGUEZ SIMÓN, Procurador de los Tribunales y del COLECTIVO DE QUERELLANTES, según tengo debidamente acreditado en el procedimiento del epígrafe, comparezco ante ese Juzgado y como mejor proceda en Derecho,
D I G O :
Que a la vista de la situación en que se encuentra la instrucción de la causa de referencia y la averiguación de algunos hechos realizada por esta acusación particular, entendemos debemos ponerlo en conocimiento de ese Juzgado, solicitando las diligencias que más adelante se interesarán.
I.- A día de hoy, se encuentra pendiente la diligencia de declaración en calidad de imputado de D. Jesús Casquerio Mendiri, delegado de Galicia y apoderado de Rural New Life, S.A., junto con sus hijos D. Natán Casqueiro Cerqueira, Dª Noemí Casqueiro Cerqueira, su esposa Dª María Cerquerio Soustao, su suegro D. Secundino Cerqueria, su cuñada Dª Rosa Cerqueira Soustao, y cuya localización bien podría hacerse a través de su representación en la quiebra de Rural New Life, S.A. (Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Sevilla) y en ese Juzgado, letrado D. Roberto Lago Santodomingo.
II.- Hemos reiterado varias veces, y la instrucción así lo ha confirmado, que todos los delegados, apoderados de Rural New Life, S.A. y Mutua Más Vida, tienen claros indicios de responsabilidades delictivas, de ahí que ese Juzgado señalara en su día tras la petición de esta acusación particular, el 9 de octubre de 2002, y posteriormente la de la Sindicatura de Mutua Más Vida, fijando una responsabilidad civil solidaria en la cuantía de 1500 millones de las antiguas pesetas, que nadie hasta el día de hoy ha puesto cantidad alguna, mientras inculpados como D. Diego Luna Sánchez o D. Ángel Páramo Zarzuelo se deshacía de sus bienes en sociedades patrimoniales o instrumentales. Es el caso de DELINFI, S.L., creada por la esposa de D. Diego Luna Sánchez, Dª. Esther Calle Bohn, cuya imputación esta acusación ha solicitado reiteradamente.
De igual forma, Ángel Páramo Zarzuelo se ha hurtado constantemente de las comparecencias señaladas por ese Juzgado, con cambios de domicilio cuya obligación tenía de haber notificado, prolongando su declaración hasta el pasado 16 de junio, en la forma que es de ver ante el Juzgado de Instrucción nº 9 de Alcalá de Henares, y en la que no tuvo más remedio que reconocer, negándolo primero, las sociedades ficticias creadas con D. Benito Escolano Lorrio, NUSMAVI Corredora de Seguros, GESTIRPAM, esta vez con su hijo Sadrat Páramo Morales, o INVERCOSMOS, S.A., esta última con un capital de 200.000 euros, cuya participación era de un 20%, y que vende el 8 de julio de 2005, cuando ya se encontraba imputado en la presente causa, y conocía su obligación de prestar fianza.
III.- No podemos ocultar por más tiempo la denuncia que hemos hecho ante ese Juzgado de que la mayoría de los afectados han sido agrupados a través de los que fueran sus delegados en Rural New Life, S.A. y Mutua Más Vida, siguiendo la estrategia de apoderar a unos representantes legales nombrados en su día Síndicos de la quiebra de Rural New Life, S.A., cuando es evidente que dicha Sindicatura tiene la obligación de gestionar la misma sin pedir un céntimo a los afectados, porque para estos gastos esta ya la masa de la quiebra.
Ello ha hecho que un colectivo distinto del de la presente acusación particular, clame por una información veraz y por las posibilidades de recuperar sus inversiones. Nos estamos refiriendo a la Plataforma de Afectados de las Quiebras de Rural New Life, S.A. y Mutua Más Vida, constituida legalmente, y actuando ya en diversos procesos.
IV.- Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Sevilla: con fecha 8 de noviembre ppdo. se requirió a la Sindicatura de Rural New Life, S.A. en la forma que es de ver en el documento 1, y que fue contestada el 14 del mismo mes (documento 2), lo que obligó a interesar del citado Juzgado la petición denegada por la Sindicatura, y que mereció la Providencia de 31 de mayo de 2006, claramente explícita, y que a día de hoy sigue sin respuesta (documento 3).
V.- Juzgado de Primera Instancia nº 46 de Barcelona: la Sindicatura de Mutua Más Vida (Consorcio de Compensación de Seguros) que en su día pagó el 89% de las inversiones de los afectados de esta última, además de estar comparecida como acusación particular en la causa del epígrafe, inicia ante dicho Juzgado una demanda contra las sociedades instrumentales ESTERES LAND, con el fin de conseguir hacerse con las acciones de FABRERAL, propietaria de la finca de Lanzarote, valorada en 1.500 millones de pesetas.
Para ello no se dudó en que los administradores provisionales de Rural New Life, S.A. y Mutua Más Vida (D. Luis Verbón Cruells y Dª Nuria Cortada Calcena), a sueldo todavía hoy de la Generalitat de Cataluña, se allanaran a la entrega de la finca mencionada. Conocida tal iniciativa por esta acusación particular, y habiendo recaído Sentencia en el allanamiento descrito, se solicitó apelación de la misma, y que obtuvo según es de ver en el documento 4, encontrándose en la actualidad pendiente de resolver el recurso de reposición interpuesto por la Sindicatura de Mutua Más Vida contra la personación en autos de esta acusación.
VI.- Generalitat de Cataluña: durante todo el proceso, hemos interesado siempre la responsabilidad civil de la que fue Consejería de Trabajo (hoy de Economía) de la Generalitat, fundamentada en la negligencia e supuso la constitución de la Mutua Más Vida y su intervención en la quiebra de Rural New Life, S.A.:
La constitución realizada ante el Notario de Barcelona, D. Alfonso Beltrán García, de la Mutua Más Vida, el 18 de septiembre de 1998, tiene los siguientes vicios:
a) El acta que dice firmar Mª Nieves Torres Salado, según declaró en calidad de imputada el 15 de octubre de 2003, niega que la lista de socios constituyentes anexa a la escritura estuvieran presentes, lo que es obvio, ante más de los 40 supuestos socios que lo niegan.
b) La lista tiene en su gran mayoría los nombres de varios imputados y sus familiares, algunos ni siquiera con el segundo apellido, en otros con números de teléfono en lugar de los DNI, y en otros casos ni lo uno ni lo otro.
c) Es significativo que el acuerdo de constitución firmado por Mª Nieves Torres Salado venga escrito en un impreso original de la Generalitat de Cataluña (Dpto. de Trabajo, Dirección General de la seguridad social), aportándolo al Notario como única persona D. Evaristo Pérez Sánchez.
d) La totalidad de la Junta Directiva, D. Evaristo Pérez Sánchez (fallecido) Dª. Maria de las Mercedes Torres Salado, Dª Maria Nieves Torres Salado y D. Juan José Pérez Sánchez, se encuentran imputados desde el año 2003 en la presente causa, negándose a contestar sobre estos extremos en sus declaraciones ante ese Juzgado o con falsedad en las mismas.
e) El Notario de Barcelona D. Antonio Beltrán García, con domicilio profesional en Avda. Meridianaza nº 350, piso 14º, ha sostenido entrevista con esta acusación particular, reconociendo la posibilidad de error en la documentación que le fue entregada, si bien ante los documentos que llevaban papel timbrado de la Generalitat (certificado de constitución) y el sello en otro certificado con de la Dirección General de la Seguridad Social de 15 de septiembre de 1998, cumplimentó su tramitación al entender que había sido suficientemente revisada por la Administración Pública.
Estimamos de suma importancia la confirmación ante ese Juzgado su declaración ante ese Juzgado en calidad de testigo.
Diligencias Previas 7/2003 – BP
Barcelona
AL JUZGADO
DON JORGE RODRIGUEZ SIMÓN, Procurador de los Tribunales y del COLECTIVO DE QUERELLANTES, según tengo debidamente acreditado en el procedimiento del epígrafe, comparezco ante ese Juzgado y como mejor proceda en Derecho,
D I G O :
Que a la vista de la situación en que se encuentra la instrucción de la causa de referencia y la averiguación de algunos hechos realizada por esta acusación particular, entendemos debemos ponerlo en conocimiento de ese Juzgado, solicitando las diligencias que más adelante se interesarán.
I.- A día de hoy, se encuentra pendiente la diligencia de declaración en calidad de imputado de D. Jesús Casquerio Mendiri, delegado de Galicia y apoderado de Rural New Life, S.A., junto con sus hijos D. Natán Casqueiro Cerqueira, Dª Noemí Casqueiro Cerqueira, su esposa Dª María Cerquerio Soustao, su suegro D. Secundino Cerqueria, su cuñada Dª Rosa Cerqueira Soustao, y cuya localización bien podría hacerse a través de su representación en la quiebra de Rural New Life, S.A. (Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Sevilla) y en ese Juzgado, letrado D. Roberto Lago Santodomingo.
II.- Hemos reiterado varias veces, y la instrucción así lo ha confirmado, que todos los delegados, apoderados de Rural New Life, S.A. y Mutua Más Vida, tienen claros indicios de responsabilidades delictivas, de ahí que ese Juzgado señalara en su día tras la petición de esta acusación particular, el 9 de octubre de 2002, y posteriormente la de la Sindicatura de Mutua Más Vida, fijando una responsabilidad civil solidaria en la cuantía de 1500 millones de las antiguas pesetas, que nadie hasta el día de hoy ha puesto cantidad alguna, mientras inculpados como D. Diego Luna Sánchez o D. Ángel Páramo Zarzuelo se deshacía de sus bienes en sociedades patrimoniales o instrumentales. Es el caso de DELINFI, S.L., creada por la esposa de D. Diego Luna Sánchez, Dª. Esther Calle Bohn, cuya imputación esta acusación ha solicitado reiteradamente.
De igual forma, Ángel Páramo Zarzuelo se ha hurtado constantemente de las comparecencias señaladas por ese Juzgado, con cambios de domicilio cuya obligación tenía de haber notificado, prolongando su declaración hasta el pasado 16 de junio, en la forma que es de ver ante el Juzgado de Instrucción nº 9 de Alcalá de Henares, y en la que no tuvo más remedio que reconocer, negándolo primero, las sociedades ficticias creadas con D. Benito Escolano Lorrio, NUSMAVI Corredora de Seguros, GESTIRPAM, esta vez con su hijo Sadrat Páramo Morales, o INVERCOSMOS, S.A., esta última con un capital de 200.000 euros, cuya participación era de un 20%, y que vende el 8 de julio de 2005, cuando ya se encontraba imputado en la presente causa, y conocía su obligación de prestar fianza.
III.- No podemos ocultar por más tiempo la denuncia que hemos hecho ante ese Juzgado de que la mayoría de los afectados han sido agrupados a través de los que fueran sus delegados en Rural New Life, S.A. y Mutua Más Vida, siguiendo la estrategia de apoderar a unos representantes legales nombrados en su día Síndicos de la quiebra de Rural New Life, S.A., cuando es evidente que dicha Sindicatura tiene la obligación de gestionar la misma sin pedir un céntimo a los afectados, porque para estos gastos esta ya la masa de la quiebra.
Ello ha hecho que un colectivo distinto del de la presente acusación particular, clame por una información veraz y por las posibilidades de recuperar sus inversiones. Nos estamos refiriendo a la Plataforma de Afectados de las Quiebras de Rural New Life, S.A. y Mutua Más Vida, constituida legalmente, y actuando ya en diversos procesos.
IV.- Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Sevilla: con fecha 8 de noviembre ppdo. se requirió a la Sindicatura de Rural New Life, S.A. en la forma que es de ver en el documento 1, y que fue contestada el 14 del mismo mes (documento 2), lo que obligó a interesar del citado Juzgado la petición denegada por la Sindicatura, y que mereció la Providencia de 31 de mayo de 2006, claramente explícita, y que a día de hoy sigue sin respuesta (documento 3).
V.- Juzgado de Primera Instancia nº 46 de Barcelona: la Sindicatura de Mutua Más Vida (Consorcio de Compensación de Seguros) que en su día pagó el 89% de las inversiones de los afectados de esta última, además de estar comparecida como acusación particular en la causa del epígrafe, inicia ante dicho Juzgado una demanda contra las sociedades instrumentales ESTERES LAND, con el fin de conseguir hacerse con las acciones de FABRERAL, propietaria de la finca de Lanzarote, valorada en 1.500 millones de pesetas.
Para ello no se dudó en que los administradores provisionales de Rural New Life, S.A. y Mutua Más Vida (D. Luis Verbón Cruells y Dª Nuria Cortada Calcena), a sueldo todavía hoy de la Generalitat de Cataluña, se allanaran a la entrega de la finca mencionada. Conocida tal iniciativa por esta acusación particular, y habiendo recaído Sentencia en el allanamiento descrito, se solicitó apelación de la misma, y que obtuvo según es de ver en el documento 4, encontrándose en la actualidad pendiente de resolver el recurso de reposición interpuesto por la Sindicatura de Mutua Más Vida contra la personación en autos de esta acusación.
VI.- Generalitat de Cataluña: durante todo el proceso, hemos interesado siempre la responsabilidad civil de la que fue Consejería de Trabajo (hoy de Economía) de la Generalitat, fundamentada en la negligencia e supuso la constitución de la Mutua Más Vida y su intervención en la quiebra de Rural New Life, S.A.:
La constitución realizada ante el Notario de Barcelona, D. Alfonso Beltrán García, de la Mutua Más Vida, el 18 de septiembre de 1998, tiene los siguientes vicios:
a) El acta que dice firmar Mª Nieves Torres Salado, según declaró en calidad de imputada el 15 de octubre de 2003, niega que la lista de socios constituyentes anexa a la escritura estuvieran presentes, lo que es obvio, ante más de los 40 supuestos socios que lo niegan.
b) La lista tiene en su gran mayoría los nombres de varios imputados y sus familiares, algunos ni siquiera con el segundo apellido, en otros con números de teléfono en lugar de los DNI, y en otros casos ni lo uno ni lo otro.
c) Es significativo que el acuerdo de constitución firmado por Mª Nieves Torres Salado venga escrito en un impreso original de la Generalitat de Cataluña (Dpto. de Trabajo, Dirección General de la seguridad social), aportándolo al Notario como única persona D. Evaristo Pérez Sánchez.
d) La totalidad de la Junta Directiva, D. Evaristo Pérez Sánchez (fallecido) Dª. Maria de las Mercedes Torres Salado, Dª Maria Nieves Torres Salado y D. Juan José Pérez Sánchez, se encuentran imputados desde el año 2003 en la presente causa, negándose a contestar sobre estos extremos en sus declaraciones ante ese Juzgado o con falsedad en las mismas.
e) El Notario de Barcelona D. Antonio Beltrán García, con domicilio profesional en Avda. Meridianaza nº 350, piso 14º, ha sostenido entrevista con esta acusación particular, reconociendo la posibilidad de error en la documentación que le fue entregada, si bien ante los documentos que llevaban papel timbrado de la Generalitat (certificado de constitución) y el sello en otro certificado con de la Dirección General de la Seguridad Social de 15 de septiembre de 1998, cumplimentó su tramitación al entender que había sido suficientemente revisada por la Administración Pública.
Estimamos de suma importancia la confirmación ante ese Juzgado su declaración ante ese Juzgado en calidad de testigo.
VII.- Sindicatura de la Mutua Más Vida (Consorcio de Compensación de Seguros): independientemente de los hechos expuestos sobre la intencionalidad de conseguir la finca de Lanzarote con la colaboración de los dos administradores provisionales de la Generalitat de Cataluña, existe todavía una iniciativa más, que consideramos debe ponerse en conocimiento inmediato del Ministerio Fiscal: el documento 5 acredita que se solicita, nada menos, que en la causa de referencia ese Juzgado proceda a la exculpación en las diligencias de los imputados D. Miguel Lahoz y D. Conrado Sastre, ante el trato económico que parece ser han ofertado, rebajando el precio de la supuesta hipoteca que grava dicha finca.
Esta acusación ha entendido siempre que Rural New Life, S.A. y Mutua Más Vida han sido la misma estafa y maquinación para alterar el precio de las cosas, que ha podido llevarse a cabo sobre un colectivo mayoritario de Testigos de Jehová, siendo precisamente sus jerarquías las que han defraudado en su propio beneficio cantidades millonarias, sin que pueda mirarse hacia otra parte cuando la Administración autonómica y estatal consintió su constitución, le dio el visto bueno la propia Dirección de Seguros, Sección de Previsión Social (documento 6), manteniendo además de forma inexplicable a dos administradores provisionales en la quiebras de Rural New Life, S.A. (Luis Verbón Cruells) y Mutua Más Vida (Nuria Cortada Calcena), corriendo con todos los gastos la propia Generalitat, ¿Por qué?
Nunca ha comprendido esta acusación particular la objeción del Ministerio Fiscal, admitida por ese Juzgado, sobre la necesidad de llamar como testigo, no como imputados (según se responde por ese Juzgado al CGPJ), a D. Ignacio Farreras Bochata, D. Ramón Tomás, D. Enrique Anglada Turlán, pues sí, es evidente la relevancia, pertinencia y necesidad de sus testimonios, por otra parte suscritos documentalmente en la causa.
La Fiscalía de Lugano interrogó en una mañana al Sr. Federico de Vittori, que mintió en las primeras horas, y ya por la tarde confesó de plano y fue arrestado.
¿Por qué no se puede hacer lo mismo con quienes se burlan de ese Juzgado y de las acusaciones privada, retrasando sus comparecen encía, mintiendo descaradamente, alzando sus bienes a través de estos últimos cuatro años?
Para esta acusación el caso es muy claro, la gigantesca estafa ha podido hacerse a través de los imputados y alguno más no llamado todavía a declarar. Ello ha sido posible por la negligencia in vigilando de las Administraciones autonómica de Cataluña y estatal, como reflejamos en e documento 7, y sigue a día de hoy con la intervención de los administradores provisionales sonde hay ya nombradas dos Sindicaturas.,
La cuestión prejudicial penal es clara en todas las iniciativas que está desarrollando la Sindicatura de Mutua Más Vida (Consorcio de Compensación de Seguros), sin que pueda sustraerse bien alguno sin autorización expresa del Juzgado que instruye ambas quiebras como fraudulentas.
La preocupación de los afectados, a los que se niega información, ha hecho necesario interesar el traslado a la Audiencia Nacional por entender que ese Juzgado no puede asumir el volumen de un proceso que tiene afectados en Asturias, Cantabria, País Vasco, Huesca, Zaragoza, Navarra, Galicia, Baleares, Canarias, Badajoz, Barcelona, Cádiz, Gerona, Granada, Guadalajara, Cuenca, Huelva, Jaén, León, Málaga, Murcia, Palencia, Sevilla, Tarragona, Valencia, Valladolid, La Coruña, Madrid, Orense, Pontevedra, Alicante, Francia y Portugal.
Todo ello sin que el hecho de que el Fiscal de la AN decline su competencia diciendo que solo hay un afectado: el Consorcio de Compensación de Seguros, y no se haya recurrido, cuando la propia AP de Barcelona ya se pronunció al respecto.
En su virtud,
SUPLICO AL JUZGADO: Tenga por hechas las manifestaciones que anteceden, y con unión a la causa de los documentos que se acompañan, se declaren pertinentes las siguientes diligencias:
1ª Declaración en calidad de imputado de D. JESUS MENDIRI CASQUEIRO, con citación a través de su letrado D. Roberto Lagoa Santodomingo, personado también en la causa del epígrafe.
2ª Declaración en calidad de testigos de las siguientes personas:
- D. IGNACIO FARRERAS BOCHATA
- D. RAMON TOMAS
- ENRIQUE ANGLADA TURLÁN
Solicitando se les cite a través de la Dirección General de Economía de la Generalitat de Cataluña, sita en Paseo de Gracia nº 19, 7ª planta.
3ª Habiendo sido declaradas fraudulentas las quiebras de Rural New Life, S.A. y Mutua Más Vida, se interesa de ese Juzgado requiera a ambas Sindicaturas el estado de los bienes de las mismas, y los conceptos que se hallan dispuesto.
4ª Asegurar las fianzas fijadas ya en el año 2003, de 1.500 millones de las antiguas pesetas, de forma solidaria para los imputados, requiriéndoles sobre el posible alzamiento de bienes a hayan dispuesto desde noviembre de 2001 y bajo la posible prisión preventiva que pueda suponer su desobediencia.
5ª Fijar, a la mayor brevedad posible, la declaración en calidad de testigo de D. ANTONIO GUTIÉRREZ MATA, Agente de la Propiedad Inmobiliaria que gestionó numerosas compraventas en Málaga y Marbella entre los imputados.
Esteban Gómez Rovira Jorge Rodríguez Simón
Abogado Procurador
Esta acusación ha entendido siempre que Rural New Life, S.A. y Mutua Más Vida han sido la misma estafa y maquinación para alterar el precio de las cosas, que ha podido llevarse a cabo sobre un colectivo mayoritario de Testigos de Jehová, siendo precisamente sus jerarquías las que han defraudado en su propio beneficio cantidades millonarias, sin que pueda mirarse hacia otra parte cuando la Administración autonómica y estatal consintió su constitución, le dio el visto bueno la propia Dirección de Seguros, Sección de Previsión Social (documento 6), manteniendo además de forma inexplicable a dos administradores provisionales en la quiebras de Rural New Life, S.A. (Luis Verbón Cruells) y Mutua Más Vida (Nuria Cortada Calcena), corriendo con todos los gastos la propia Generalitat, ¿Por qué?
Nunca ha comprendido esta acusación particular la objeción del Ministerio Fiscal, admitida por ese Juzgado, sobre la necesidad de llamar como testigo, no como imputados (según se responde por ese Juzgado al CGPJ), a D. Ignacio Farreras Bochata, D. Ramón Tomás, D. Enrique Anglada Turlán, pues sí, es evidente la relevancia, pertinencia y necesidad de sus testimonios, por otra parte suscritos documentalmente en la causa.
La Fiscalía de Lugano interrogó en una mañana al Sr. Federico de Vittori, que mintió en las primeras horas, y ya por la tarde confesó de plano y fue arrestado.
¿Por qué no se puede hacer lo mismo con quienes se burlan de ese Juzgado y de las acusaciones privada, retrasando sus comparecen encía, mintiendo descaradamente, alzando sus bienes a través de estos últimos cuatro años?
Para esta acusación el caso es muy claro, la gigantesca estafa ha podido hacerse a través de los imputados y alguno más no llamado todavía a declarar. Ello ha sido posible por la negligencia in vigilando de las Administraciones autonómica de Cataluña y estatal, como reflejamos en e documento 7, y sigue a día de hoy con la intervención de los administradores provisionales sonde hay ya nombradas dos Sindicaturas.,
La cuestión prejudicial penal es clara en todas las iniciativas que está desarrollando la Sindicatura de Mutua Más Vida (Consorcio de Compensación de Seguros), sin que pueda sustraerse bien alguno sin autorización expresa del Juzgado que instruye ambas quiebras como fraudulentas.
La preocupación de los afectados, a los que se niega información, ha hecho necesario interesar el traslado a la Audiencia Nacional por entender que ese Juzgado no puede asumir el volumen de un proceso que tiene afectados en Asturias, Cantabria, País Vasco, Huesca, Zaragoza, Navarra, Galicia, Baleares, Canarias, Badajoz, Barcelona, Cádiz, Gerona, Granada, Guadalajara, Cuenca, Huelva, Jaén, León, Málaga, Murcia, Palencia, Sevilla, Tarragona, Valencia, Valladolid, La Coruña, Madrid, Orense, Pontevedra, Alicante, Francia y Portugal.
Todo ello sin que el hecho de que el Fiscal de la AN decline su competencia diciendo que solo hay un afectado: el Consorcio de Compensación de Seguros, y no se haya recurrido, cuando la propia AP de Barcelona ya se pronunció al respecto.
En su virtud,
SUPLICO AL JUZGADO: Tenga por hechas las manifestaciones que anteceden, y con unión a la causa de los documentos que se acompañan, se declaren pertinentes las siguientes diligencias:
1ª Declaración en calidad de imputado de D. JESUS MENDIRI CASQUEIRO, con citación a través de su letrado D. Roberto Lagoa Santodomingo, personado también en la causa del epígrafe.
2ª Declaración en calidad de testigos de las siguientes personas:
- D. IGNACIO FARRERAS BOCHATA
- D. RAMON TOMAS
- ENRIQUE ANGLADA TURLÁN
Solicitando se les cite a través de la Dirección General de Economía de la Generalitat de Cataluña, sita en Paseo de Gracia nº 19, 7ª planta.
3ª Habiendo sido declaradas fraudulentas las quiebras de Rural New Life, S.A. y Mutua Más Vida, se interesa de ese Juzgado requiera a ambas Sindicaturas el estado de los bienes de las mismas, y los conceptos que se hallan dispuesto.
4ª Asegurar las fianzas fijadas ya en el año 2003, de 1.500 millones de las antiguas pesetas, de forma solidaria para los imputados, requiriéndoles sobre el posible alzamiento de bienes a hayan dispuesto desde noviembre de 2001 y bajo la posible prisión preventiva que pueda suponer su desobediencia.
5ª Fijar, a la mayor brevedad posible, la declaración en calidad de testigo de D. ANTONIO GUTIÉRREZ MATA, Agente de la Propiedad Inmobiliaria que gestionó numerosas compraventas en Málaga y Marbella entre los imputados.
Esteban Gómez Rovira Jorge Rodríguez Simón
Abogado Procurador
Deseándoles a todos unas felices vacaciones estivales, esperamos poder tener novedades para primeros de septiembre.
Un saludo.
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