18 septiembre 2009

NOTA INFORMATIVA RURAL NEW LIFE, S.A.

Informamos de la situación actual de los procedimientos que este despacho viene ejerciendo en nombre del Colectivo De Querellantes Y De La Plataforma De Afectados De Rural New Life S.A.:


Juzgado de Instrucción Nº 15 de Barcelona:

Con fecha 03 de septiembre ppdo., interesamos de dicho Juzgado el embargo de las cantidades que interesaron cobrar los señores Diego Luna Sánchez, su esposa Esther Calle Bohn, Benito Escolano Lorrio, Ángel Páramo Zarzuelo y Jesús Casqueiro Mendeiri, sin respuesta hasta la fecha, esperaremos hasta el próximo 01 de octubre, en el que de persistir dicho silencio elevaríamos recurso de queja a la Audiencia Provincial de Barcelona.


Juzgado de Sevilla nº 5:

Estamos pendientes de la remisión que la contestación a nuestro escrito ante dicho Juzgado interesando la congelación de honorarios por la sindicatura, conteste la misma procediendo en su caso a informarles al respecto.

Por fin el Sr. Luis Verbon Cruells, ha contestado como testigo interesado por esta acusación particular, en el procedimiento del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, sala Contencioso Administrativo 3/2008, como quiera que en término de diez días se emplazará a esta acusación particular para el escrito de conclusiones, lo que significa un resumen de todas las actuaciones y pruebas. Esta acusación particular tiene que ser muy prudente en la información que el Sr. Verbon Cruells ha dado, pero que estimamos muy esclarecedora de las actuaciones que Generalitat de Cataluña y Consorcio de Seguros han tenido con el fin de negar a Rural New Life S.A., patrimonio y administración leal. Sabemos y confirmamos que el Sr. Verbon Cruells y que la Sra. Cortada han manifestado que entre Rural New Life S.A. y Mutua Más Vida ha existido siempre una CAJA UNICA; si a esto añadimos su testimonio de que Rural New Life S.A. era una empresa dependiente de la Mutua Más Vida, no parecen menester muchos argumentos más para ser optimistas en el proceso que nos ocupa.

Atentamente,

04 septiembre 2009

NOTA INFORMATIVA RURAL NEW LIFE S.A.

En el día de ayer 03 de septiembre, este despacho ha recibido la Providencia del Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Sevilla en la que se resuelve alguna de las peticiones de la Sindicatura de pagos.

Como se puede observar se ha emplazado en dicha Sindicatura para que en el término de cinco días contesten y realicen las aclaraciones que la Asociación Plataforma de Afectados Rural New Life, S.A., presentó sobre su iniciativa de cobrar como letrados y como síndicos, el plazo a dicha sindicatura finaliza el 04 de este mes de septiembre y de cuyo contenido daremos puntual cuenta.

Al mismo tiempo nos hemos opuesto a los pagos de los imputados DIEGO LUNA SANCHEZ que se fijó 79.842,28 euros, de su esposa ESTHER CALLE BOHN, de 20.889,19 euros; de BENITO ESCOLANO LORRIO, de 75.309,00 euros; de ANGEL PARAMO ZARZUELO en la cuantía de 40.220,34 euros; informando a la propia Sindicatura, al Juzgado de Sevilla de Primera Instancia nº 5 y al Juzgado de Instrucción nº 15 de Barcelona, de la retención que debe hacerse de dichas cantidades a favor del Juzgado de Instrucción nº 15 de Barcelona, en base a la Responsabilidad Civil y por su calidad de imputados, sin que hasta la fecha siga sin pronunciarse dicho Juzgado 15 en cuanto a nuestra petición como imputado de JESÚS CASQUEIRO MENDEIRI.


El Tribunal Supremo en resolución del pasado mes de julio no admite a trámite el Recurso de Casación interpuesto en su día por ésta parte sobre el hecho de la cesión de la finca de Lanzarote por la Generalitat de Cataluña a favor del Consorcio de Seguros, ante la pasividad de la propia Sindicatura en no discutir tal iniciativa, lo que nos obliga a esperar la resolución del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Cuarta.


En cuanto a la declaración última de la prueba que faltaba en el proceso contencioso el Sr. VERBON CRUELLS, en el día de ayer y tras tres requerimientos entregó su declaración que me será notificada el próximo martes, dándome desde esa fecha 10 días hábiles para el escrito de conclusiones con el que finalizará el proceso iniciado.


Seguiremos informando el próximo viernes.


Atentamente,