08 abril 2008

NOTA INFORMATIVA DE LA PLATAFORMA RURAL NEW LIFE Y MUTUA MÁS VIDA

Barcelona, 08 de abril de 2008


Habiendo transcurrido más de dos meses desde nuestra última información y como quiera que se han solicitado numerosas consultas por las que se manifiesta un desconocimiento de cuál es la situación de la problemática de referencia, vamos ha intentar ser lo más precisos en cuanto a la situación actual judicial y extrajudicial.


JUDICIAL
Juzgado de Instrucción nº 15 de Barcelona, DP 7/2003

Desde el año 2002 existe querella interpuesta por un colectivo de afectados, casi todos de Cataluña, cuya dirección letrada lleva el Gabinete Gómez Rovira.

A dicha querella se unió la presentada con posterioridad por la Sindicatura de la Quiebra de la Mutua Más Vida. En tercer lugar se personó en las Diligencias Previas antes citadas la Sindicatura de la Quiebra de Rural New Life S.L.

Ello supone que la acusación particular la promuevan el Colectivo de Querellantes, que de forma individual ratificaron ante el Juzgado la primera querella, siendo la sindicaturas de las quiebras de Mutua Más Vida y de Rural New Life S.L., las que se han personado, una como Administración, y otra como simplemente Sindicatura.

La Asociación Plataforma de Afectados Rural New Life S.L., y Mutua Más Vida, también personada en la querella lo es como entidad que aglutina los primeros querellantes y las adhesiones que con posterioridad se han recibido de tercera personas afectadas todas.

Es evidente que en dicho proceso penal han sido las iniciativas de esta asociación y querellantes las que de alguna forma se han enfrentado con la línea seguida por el Consorcio de Seguros, y la propia Sindicatura de Rural New Life S.L., por entender que ninguna de las promesas realizadas en su día por el Consorcio de Seguros sobre la posibilidad, de llegar a un acuerdo en el pago de los afectados de Rural New Life S.L., de una cantidad similar a la que dicha Administración Pública pagó a los inversores de Mutua Más Vida, sin que se haya cumplido.

De igual manera ignoramos al día de la fecha qué patrimonio libre existe en la actualidad de Rural New Life S.L., ni su cuantía efectiva, ni si se han producido los pagos de crédito preferentes, como los supuestos trabajadores, y si existen cantidades embargadas de los supuestos salarios ante dicho Juzgado de Primera Instancia nº 15.

En esta situación, hemos creído que ante la parálisis del Juzgado de Instrucción nº 15 de Barcelona, que en estos momentos transmite la investigación a una auditoría que se prolongará de forma dilatada, y cuando además se ha hecho caso omiso a nuestra iniciativa de que la Audiencia Nacional es la competente para la Instrucción del proceso, y ante la reiterada negativa de que se proceda a exigir a los imputados la fianza solidaria de 1.500.000.000 Pesetas adoptada en el año 2003, cuando es de todos sabido el desprendimiento de bienes que han hecho y están haciendo casi todos los imputados, hemos creído necesario, sin dejar de vigilar los procesos de la quiebra y del Penal, acudir al Tribunal Superior de Justicia de Cataluña y al Tribunal Supremo con la finalidad de exigir las responsabilidades de las Administraciones que por su negligencia y pasividad han supuesto la gran estafa que ha sido Rural New Life S.L., y Mutua Más Vida.


TRIBUNAL SUPREMO


El Consorcio de Seguros mediante la Sindicatura de Más Vida y en clara complicidad con la Generalitat de Cataluña interpuso ante el Juzgado Civil nº 46 de Barcelona demanda contra la misma, la cual se allanó a las pretensiones del Consorcio por las cuales la finca de Lanzarote, el bien más importante de las dos quiebras, se la quedaba dicha Institución Pública, ello cuando el Administrador de Rural New Life, Verbol Cruells, sin considerar los derechos de Rural New Life se avino a dicha componenda.

Conocida esta situación por este despacho y con total consentimiento y consejo del Juez del Juzgado Civil nº 46, la sentencia se apeló, si bien la Sección Once de la Audiencia de Barcelona en su Rollo 902/06 confirmó como válido tal allanamiento, lo que nos obligó al actual Recurso de Casación ante el Tribunal Supremo en el que se ventila si el Consorcio puede vender una finca valorada en 10.000.000,00 Euros, sin contar con Rural New Life.

¿Cómo puede asegurar el Consorcio que es FIRME su propiedad?


TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA
Sala de lo Contencioso Administrativo - Sección Quinta

Ante el hecho de que el Consorcio de Seguros hace caso omiso sobre la titularidad que dice tener de la finca de Lanzarote y vuelve a ponerla en la venta ahora rebajando al 50%, es decir por 5.000.000,00 Euros, lo que había sido tasado en 10.000.000,00 Euros, nos volvemos a oponer por entender que no existe legitimidad en la pretendida propiedad. Se encuentra en curso.


TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA
Sala de lo Contencioso Administrativo - Sección Cuarta

Es el procedimiento más importante, porque aquí se exige la Responsabilidad Patrimonial de la Generalitat.

Agotada la vía administrativa, en la cual la Generalitat no asume sus graves responsabilidades, el hecho de haber sido admitido a trámite y emplazada la administración demandada, tiene la importancia de que por primera vez el expediente con todas las irregularidades tantas veces denunciadas van a salir a la luz.

La falsedad de documentación, incluso notarial, la falta total de cumplimiento de la normativa para crear una Mutua, el consentimiento de unas actividades por personas ya procesadas, significan por lo menos la falta “in vigilando” que muy recientemente ha sido condenada en la sentencia de Gescartera, donde aparecen responsables civiles, entidades financieras importantes. Estas estafas no se hubieran producido con un mínimo cumplimiento de las más elementales Normas de prudencia.

Estamos esperanzados en este proceso, donde probablemente las pruebas solicitadas se nos consideraran, cuando inexplicablemente llevamos seis años en un Juzgado de Instrucción, y debíamos estar en la Audiencia Nacional.

No puedo dejar de manifestar que existen ofertas posibles del Consorcio y Sindicatura para cerrar todos los asuntos con un compromiso de pago a los afectados que no superará en el mejor de los casos el 40% de sus inversiones.

Pero este tampoco se puede asegurar por quien lo ofrece.

Son todos los afectados los que tienen la palabra. La opinión de este despacho es la exigencia de Responsabilidad independientemente de la recaudación que pueda suponer el liquido de una venta de patrimonio que al día de hoy se ignora.


Atentamente.

18 enero 2008

Nota Informativa 18 de enero de 2008

Nos referimos a los procedimientos vigentes en la actualidad entablados por este despacho exclusivamente, Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, Sala de lo Contencioso Administrativo Sección Quinta, Recurso 419/2007 interesando la nulidad la iniciativa del Consorcio de Seguros y la Generalitat de venta de la finca de Lanzarote. Se encuentra pendiente de contestación de ambas Administraciones Públicas.

Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, Sala de lo Contencioso Administrativo ,Sección Cuarta, Recurso 03/2008, se interesa la responsabilidad patrimonial de la Generalitat de Cataluña, por su responsabilidad in vigilando, además, de denunciar la paralisis que el Juzgado de Instrucción nº 15 de Barcelona, viene teniendo desde hace SEIS años y la comparecencia de D. Enrique Anglada Turla, D. Ignacio Ferreras Bochaca y D. Ramón de Tomas, dirigentes de la Consejeria que autorizó la Mutua Más Vida, al mismo tiempo se solicita la responsabilidad de los administradores de Rural New Life y Más Vida nombrados por la Generalitat en las quiebras de Rural New Life y Mutua Más Vida, D. Luis Verbon Cruells y Dña. Nuria Cortada Calcena respectivamente. De igual manera se interesa la comparecencia del Notario Antonio Beltran García, que cumplimentó la Constitución de la Mutua de Previsión Social Voluntaria Más Vida.

Ante la Sala Primera del Tribunal Supremo y como Recurso de Casación al procedimiento de la Audiencia Provinsial de Barcelona 902/2006 y del Juzgado de 1ª Instancia nº 46 de Barcelona Procedimiento 909/2005. Este proceso tiene como objeto la nulidad del allanamiento que el Sr. Luis Verbon Cruells, en nombre de Esteres Land hizo a favor del Consorcio de Seguros, Sindicatura de la Mutua Más Vida, en relación con la finca de Lanzarote que nosotros estimamos es propiedad de Rural New Life S.A.

Hemos querido exponer los tres procedimientos señalados que lleva este Despacho en representación de los querellantes personados individualmente en el Juzgado 15 de Barcelona, que fue el primero en acoger la denuncia de esta gran estafa.

Hemos intentado tener un contacto mas fluido con la Sindicatura de Rural New Life, sin que hasta la fecha sepamos exista ninguna novedad.

Las iniciativas expuestas son consecuencia de que hasta ahora cualquier negociación intentada en varias ocasiones con promesas nunca cumplidas por parte del Consorcio de Seguros, hace preciso establecer una estrategia que además de la Jurídica denuncie publicamente unas demoras que solo tienen por objeto rebajar las compesaciones económicas según el tiempo va pasando, y desde luego nuestra voluntad es firme en no depender ya de nadie más que de nuestros propios medios y actuaciones. Confío en el espacio de quince días informarles de las iniciativas ya emprendidas y sobre las que debo guardar la prudente discreción.

Atentamente.

30 noviembre 2007

Nota Informativa

Estado actual de los procesos e iniciativas que lleva directamente esta Plataforma:

- Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 5ª, Recurso Ordinario 419/2007, contra Depto. Economía y Finanzas: con fecha 19 de octubre de 2007, dicha Sala emplazó a la Generalidad de Cataluña por término de 10 días para que contestara a la suspensión de venta de la finca de Lanzarote, que pretende el Consorcio de Compensación de Seguros, así como en veinte días se entregara el expediente a nuestro despacho jurídico.

En la mañana de hoy hemos sido informados de que dicha Administración Pública no ha cumplimentado ninguno de los dos requerimientos, por lo que se nos manifiesta que habiéndose terminado los plazos, de forma telefónica y telegráfica, se emplaza a la misma.

- Proceso ante la Audiencia Provinicial de Barcelona, Secc. 11ª, Rollo 902/06, en el que se apeló la Sentencia del Juzgado de Primera Instancia nº 46, por entender cuestión prejudicial penal y existir un allanamiento de la Generalidad de Cataluña a la pretensión del Consorcio de Compensación de Seguros sin notificar a esta parte cosa alguna: la Audiencia de Barcelona rechaza nuestra protesta, por lo que ya se ha interesado, ante el Tribunal Supremo, Sala Primera, la responsabilidad de ambas Administraciones Públicas (Generalidad y Consorcio), donde está claro que tal allanamiento sólo tiene por finalidad que el Consorcio se haga con la finca de Lanzarote.
- Siguiendo esa estrategia, hemos conocido que la sociedad Heraldo Bussines, siempre considerada como ficticia, y en la que se hace figurar propietaria de Rural New Life, S.A., es sorprendentemente, una sociedad, a su vez, hoy supuestamente propiedad de la Mutua Mas Vida.
En resumen, ello supone que ya sea Mutua Mas Vida la propietaria de Rural New Life, S.A., como en el caso contrario, de Rural New Life, S.A. haya nacido Mutua Mas Vida, no puede distinguirse, como se pretende, los activos y los pasivos de dichas empresas, por parte del Consorcio de Compensación de Seguros.
Las promesas que a esta Plataforma se han hecho en enero de 2007, y posteriormente en mayo del mismo año, sobre una negociación por la que el Consorcio pagara a los afectados de Rural New Life lo mismo que a los de Mutua Mas Vida (89% de su inversión), no se han confirmado, sino que por el contrario, en la negociación a día de hoy, entre la quiebra de Rural New Life, el Consorcio, y esta Plataforma de Afectados, no se llega a acuerdo alguno, por cuanto se pretende la posibilidad de un pago próximo al 50%, o menos, de las inversiones, lo que esta Plataforma considera totalmente injusto.
Entendemos que las actuaciones ante el TSJ de Cataluña y el Tribunal Supremo terminarán dándonos la razón, pero les seguiremos manteniendo informados en notas sucesivas, recordando también que hemos interesado del Juzgado de Instrucción nº 15 de Barcelona la apertura del Juicio Oral contra todos los imputados, con la diligencia de asegurar los 1.500 millones de pesetas que desde el año 2003 no se han prestado en concepto de fianza.
Tenemos noticia de que la petición por esta Plataforma de 30 euros a su colectivo de afectados, que en el año 2005 enviaron por escrito su adhesión, tiene como única finalidad resarcir los importes abonados a los Procuradores de los procesos ante los Tribunales de Barcelona, Madrid y Sevilla, sin que ello signifique entorpecer en modo alguno la defensa de los letrados designados por aquéllos, y que tampoco suponga su impago reproche alguno.
Atentamente,
La Plataforma

29 octubre 2007

Nota Informativa

Con fecha 25 de octubre ppdo. el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 5ª, admitió a trámite el recurso preaparado por el Colectivo de Querellantes y esta Plataforma, en un número de 426 perjudicados.

En su consecuencia, se ha emplazado al Departamento de Economía y Finanzas de la Generalidad para que en el plazo de veinte días, bajo la personal y directa responsabilidad del Jefe de la Dependencia en que obre dicho expediente, se remita a la Ilustrísima Sala este último, y la citada Administración pueda personarse en el recurso.

Al mismo tiempo, se notificará en el plazo de cinco días por la Administración demandada a cuantos aparezcan como interesados en el recurso, emplazádoles para que puedan comparecer y personarse en los Autos en el plazo de nueve días. Ello debe suponer trasladar a la Sindicatura de Rural New Life, S.A. y de Mutua Más Vida, así como a la Generalidad de Cataluña y el Consorcio de Compensación de Seguros, dicho ofrecimiento.

Se ha procedido, de igual modo, a anunciar en el Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña la interposición del recurso, que servirá también de emplazamiento a las personas a cuyo favor deriven derechos del acto recurrido, y que puedan tener un interés directo, profesional o económico en el asunto, y que no hubieran podido ser emplazadas personalmente.

La Administración demandada, así como los codemandados, han sido también emplazador por término de diez días sobre la solicitud planteada por esta parte de la medida cautelar de suspensión de cualquier venta o iniciativa que grave la finca de Lanzarote.


Este hecho, que culmina una serie de procedimientos civiles y administrativos, independientemente de la querella criminal en su día interpuesta (y que prosigue su instrucción ante el Juzgado nº 15 de Barcelona), supone un punto y final a todos los procesos entablados, y en los que hemos considerado siempre la responsabilidad de la Administración en cuanto a las Consejerías de Trabajo y Economía y Finanzas de la Generalidad de Cataluña, y a las iniciativas del Consorcio General de Seguros, al considerar como dos quiebras distintas las de Rural New Life, S.A. y Mutua Más Vida, con la finalidad de no responsabilizarse, pese a las promesas realizadas a esta Plataforma y a la Sindicatura de Rural New Life, S.A. del reembolso a los afectados en la cuantía similar a la de Mutua Más Vida.
Es evidente que sólo bajo el cumplimiento de una resolución para Rural New Life, S.A. idéntica a la de Mutua Más Vida, además de perseguir y depurar por la vía penal las responsabilidades dolosas de todos los imputados, cabe a día de hoy cerrar una negociación conciliadora.
Transcurridos los veinte días hábiles en que la Administración demandada debe responder, procedemos a informarles de forma inmediata.

10 septiembre 2007

Nota informativa

El pasado 25 de julio, ante el Juzgado de Primera Instancia nº 28 de Barcelona, se celebró por fin el acto de conciliación contra el Notario D. Antonio Beltrán García, quien constituyó la escritura pública de la Mutua Más Vida. A dicho acto de conciliación no compareció personalmente el Notario, sino a través de un Procurador de Barcelona, manifestando simplemente que “Se oponía a todas las acusaciones que en dicho acto se concretaban”. Ello hace imprescindible la interposición del proceso judicial correspondiente, que iniciamos en este mes de septiembre.

La Generalidad de Cataluña, Dirección General de Política Financiera, con fecha 7 de agosto ppdo., notificada a esta Plataforma el 27 del mismo mes, respondía a nuestra denuncia de la iniciativa de venta de la finca de Lanzarote a través del Consorcio de Compensación de Seguros, autorizando expresamente al Sr. Luís Verbón Cruells (administrador impuesto por dicha Administración Pública en la compañía Febreral, S.A.), con el soporte de la Sra. Nuria Cortada Calcena (administradora impuesta por la Generalidad en la quiebra voluntaria que tramita el Consorcio de Compensación de Seguros).

Ante las evidentes y constantes irregularidades que por las Administraciones Públicas a que nos referimos, Generalidad de Cataluña y Consorcio de Compensación de Seguros, el 21 de junio ppdo. interpusimos Recurso de Alzada en que se denunciaban las siguientes irregularidades:

a) Existir ante el Juzgado de Primera Instancia nº 46 de Barcelona, Procedimiento Ordinario 909/2005, en el que el administrador de Rural New Life, S.A. se allanaba a la petición de la Sindicatura de Mutua Más Vida, declarando que Febreral, S.A. es una sociedad de dicha Mutua. Hoy pendiente de resolución judicial para el 14 de octubre próximo.

b) Desde el 31 de enero del presente año se trató de forma directa con el Consorcio de Compensación de Seguros la posibilidad de que por el mismo se hiciesen efectivas las cantidades invertidas por los afectados de Rural New Life, S.A. en forma similar a las que dieron satisfacción final de los afectados de Mutua Más Vida (cerca del 90%), si bien para ello nos fue solicitado que por la Sindicatura de Rural New Life, S.A. se aceptase su disolución, el pago directo del Consorcio de Compensación de Seguros a los afectados y la rendición de cuentas.

Estas condiciones han sido cumplidas por la Sindicatura de Rural New Life, S.A., sin que, sorprendentemente, el Consorcio de Compensación de Seguros haya cumplimentado su compromiso, manifestando ahora que sólo cabe reembolsar un 65% a los inversores.

c) Así las cosas, el Consorcio de Compensación de Seguros precipita la venta de la finca de Lanzarote, tasada en 10.800.000 euros por el mismo, pero que en ningún momento manifiesta tener intención de pago alguno con los afectados de Rural New Life, S.A., alegando que tal vez contribuyera con un porcentaje que no define.

d) Inconcebiblemente, los despachos jurídicos de los administradores que impone la Generalidad en Rural New Life, S.A., presentan Minutas del orden de 32.000.000 de las antiguas pesetas, por el simple hecho de confeccionar el escrito de quiebra, y naturalmente el Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Sevilla, junto con la Sindicatura de Rural New Life, S.A. y este Colectivo, se opone a la misma. Y ello con un razonamiento definitivo: si la Generalidad es la que impone las quiebras voluntarias, debe correr con los gastos de dicha iniciativa.

Todo lo expuesto supone la necesidad de acudir al Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, Sala de lo Contencioso-Administrativo, solicitando:

a) Que la finca de Lanzarote no pueda ser sacada a subasta en la forma pretendida.

b) Que la Generalidad de Cataluña, Departamento de Economía y Finanzas, no ha depurado la grave responsabilidad que en su día tuvo la Consejería de Trabajo (hoy la de Economía y Finanzas), en toda la trayectoria de creación y desarrollo de las entidades Rural New Life, S.A. y Mutua Más Vida.

Con fecha de hoy presentamos ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña el correspondiente recurso contencioso-administrativo.

Pese a la denuncia realizada en su día ante el Consejo General del Poder Judicial de la atonía con la que el Juzgado de Instrucción nº 15 de Barcelona mantiene paralizadas las D.P. 7/2003, sin contestar nunca, o haciéndolo con plazo superior a seis meses (y de forma negativa) a cuanto se solicita de la instrucción, lo que ha dado lugar a que no se haya prestado fianza por ninguno de los imputados, ni siquiera de 1 euro, pese a acordarse en el 2003 la cifra de 9.000.000 euros; cuando nada se responde a iniciativas espurias, como la solicitud del Consorcio de Compensación de Seguros de liberar a tres de los imputados si rebajan los intereses de una extraña hipoteca objeto de la ingeniería financiera que supone la gran estafa de Mutua Más Vida y Rural New Life, S.A.; cuando han pasado más de cuatro años sin que se haya cumplido el Auto dictado por ese Juzgado de Instrucción nº 15, ordenando la inscripción de la querella en el Registro de la Propiedad de Tías (Finca de Lanzarote); cuando, finalmente, ante la incomprensible negativa de la Audiencia Nacional a atribuirse la competencia de esta querella, siendo el propio Juzgado, el Ministerio Fiscal y la Audiencia Provincial de Barcelona los que previamente la habían aceptado, ha guardado el más absoluto silencio.

Dentro de 15 días expondremos la evolución de los temas que anteceden.

31 julio 2007

Nota Informativa

El pasado 25 de julio se celebró el Acto de Conciliación entre esta Plataforma y el Notario D. Antonio Beltrán García, presentándose en lugar del mismo la Procuradora Dª Elisabeth Gay Foat, oficial habilitada del Procurador D. Ángel Quemada Ruiz, limitándose a manifestar que se oponía a la papeleta de conciliación por ser injusta e improcedente (al final de esta Nota acompañamos dicha papeleta).

Ello nos obliga a interponer la demanda correspondiente contra dicho Notario.

Debemos manifestar que por Auto de 25 de julio de 2007, el Juzgado de Sevilla nº 5 ha negado los pretendidos honorarios que se pretendían cobrar por la Procuradora Dª Pilar Acosta Sánchez (6.000, 00 euros) y el Letrado D. Javier Arraut Amat (172.126, 60 euros), siendo de destacar el fundamento para esta negativa: que no se puede olvidar, como reitera la Sindicatura en sus manifestaciones, que la presentación de la solicitud de quiebra voluntaria lo fue por iniciativa o más bien imposición de la Generalidad de Cataluña, de suerte que el nombramiento de los citados profesionales se realizó por Resolución de la Dirección General de Política Financiera de la Genralidad de Cataluña de fecha 23 de abril de 2004, de manera que éstos no actuaron movidos por la preservación del interés de los acreedores, sino en cumpimiento de la mencionada Resolución, por lo que es ésta instancia autonómica la que debe hacerse cargo de estos honorarios profeisonales, y no la masa actriva de la quiebra.

Nuestra felicvitación a la Sindicatura de Rural New Life por la justa oposición a tal desafuero.

Entrando en un período vacacional que supone todo el mes de agosto, volveremos a informar a finales de dicho mes, con las siguientes iniciativas:

a) Confirmadas numerosas responsabilidades de la Generalidad de Cataluña, emplazar a la misma a una resolución antes de entablar en sede judicial las responsabilidades denunciadas.

b) Interesar nuevamente del Consejo General del Poder Judicial su intervención ante el Juzgado de Instrucción nº 15, ante su nueva pasividad, tan claramente perjudicial a los intereses de todos los afectados.

c) El próximo 21 de septiembre se va a proceder a la liquidación de la empresa Portugal 7 Siete, en la que intentaremos estar presentes, pues parece ser que ha sido siempre rentable.


Deseándoles unas felices vacaciones, se despide La Plataforma.

20 julio 2007

Nota Informativa

Entendiendo que los hechos protagonizados el pasado mes de junio por el Consorcio de Compensación de Seguros, instando la venta de la finca de Lanzarote, sobre la base de que la Mutua Mas Vida es su propietaria a través de las empresas instrumentales, y que ha supuesto que los administradores de las mismas se encuentren imputados, ha llevado a esta Plataforma a oponerse en la forma que es de ver en los dos escritos que se adjuntan, dirigidos al Consejero de Economía y Finanzas de la Generalidad de Catalunña y al Juzgado de Instrucción nº 15 de Barcelona, sin que hasta la fecha se haya tenido respuesta alguna.

Hay que decir que la iniciativa del Consorcio sobre la venta de la finca citada, cuando está tratando a nivel de la Sindicatura de Rural New Life y de esta Plataforma, es incomprensible en quienes representan responsabilidades públicas.


El próximo día 25 deberá declarar el Notario que constituyó Mutua Mas Vida en el Juzgado de Primera Instancia nº 28 de Barcelona, y entendemos que ante la enorme pasividad del Juzgado de Instrucción nº 15 de Barcelona, que ya mereció denuncia ante el Consejo General del Poder Judicial, sin proveer no sólo nuestros últimos escritos, sino las fianzas impuestas en su día.


Mientras esto sucede, la empresa Federico de Vittori sigue abriendo sucursales en España y extranjero, ante la pasividad del Ministerio Fiscal.


El próximo 30 del presente mes, esta Plataforma y su despacho jurídico informará de las medidas, imprescindibles de adoptar ya ante la pasividad y opacidad de las instituciones, que se encuentran relatadas en los documentos adjuntos.



31 mayo 2007

Nota Informativa

El pasado día 24 de mayo se celebró en Can Calderón (Viladecans) la asamblea convocada por la Plataforma de Afectados y el Colectivo de Querellantes, con el orden del día que dio lugar a la exposición de las actividades de ambos colectivos en la forma que es de ver seguidamente:

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN Nº 15 DE BARCELONA

a) Querella interpuesta por el Colectivo de Querellantes en octubre de 2002, que dio lugar a las D.P. 7/03, admitiendo a trámite la misma con fecha 2 de enero de 2003.

b) Con posterioridad, se adhiere a dicha querella el Consorcio de Compensación de Seguros.

c) Los interrogatorios, diligencias de investigación y pruebas suman ya más de 6.000 folios, sin que en muchas ocasiones exista la investigación que reiteradamente se interesa, por lo que con fecha 29 de abril de 2005 se procede a denunciar ante el Consejo General del Poder Judicial la lentitud en la instrucción, solicitando además el pase de la misma a la Audiencia Nacional.

En esta iniciativa no solamente se encuentran el Colectivo de Querellantes, sino que se crea la Asociación Plataforma de Afectados de Rural New Life, S.A. y Mutua Más Vida, con fecha 14 de julio de 2005, el Ministerio del Interior la aprueba y la inscribe en el Registro Nacional de Asociaciones, nº nacional 585.644.

d) El Juzgado Central nº 6 de la Audiencia Nacional, al que corresponde la competencia del traspaso de la causa penal, resuelta favorablemente por el Juzgado de Instrucción nº 15 y por la Audiencia de Barcelona, en un extenso Auto elude su responsabilidad y devuelve la causa para que se instruya ante el Juzgado de Instrucción nº 15 de Barcelona. Contra esta medida solo cabía plantear cuestión de competencia ante el Tribunal Supremo, lo que hubiera supuesta paralizar la causa más de tres años.

e) Actualmente, el Ministerio Fiscal ha pedido toda la documentación al Consorcio de Compensación de Seguros y a la Sindicatura de Rural New Life, S.A. con el fin de realizar el escrito que daría lugar a la apertura del juicio oral.

f) Reiteramos que, pese a la insistencia del Colectivo de Querellantes y de la Plataforma, sigue sin procederse al embargo de bienes de los imputados en la cuantía de 1.500 millones de pesetas que se fijó en enero de 2003, lo que debe hacer necesaria una iniciativa inmediata en este sentido.

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 5 DE SEVILLA

a) La Plataforma y el Colectivo de Querellantes se ha personado en la Quiebra 690/02 del Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Sevilla, a través de la Procuradora Dª María del Carmen Rodríguez Casas, con la finalidad de hacer un seguimiento de la situación de la quiebra y de las actividades de la administradora de la Generalitat y de la Sindicatura de Rural New Life, S.A., la verdad es que con poca fortuna, pues pese a haberse declarado dicha Quiebra fraudulenta, y haber ordenado el reparto al Juzgado Decano de Sevilla y al Juzgado de Instrucción nº 15 de Barcelona, nada se sabe de lo hecho, siendo a instancia de este despacho la Providencia de 4 de julio de 2006 mediante la que el Juzgado de Sevilla emplazaba en el término de 10 días improrrogables a los Síndicos para presentar relación de acreedores y todas las obligaciones que le vienen impuestas por el art. 1291 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

En el día de ayer, la Procuradora nos manifestaba que la contestación está encima de la mesa de la Juez. Se interesa tomar nueva iniciativa.

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 46 DE BARCELONA

a) El Consorcio de Compensación de Seguros, con la finalidad de conseguir una autorización para efectuar transacción extrajudicial sobre la finca supuestamente propiedad de Mutua Más Vida, sita en Lanzarote, valorada en unos 2.000 millones de pesetas, interesó mediante la correspondiente demanda de la administración de las sociedades Heraldo Bussines y Esteres Land, la cesión de la misma, sin que ni por la representación de la Generalitat (que se allanó) ni por la Sindicatura de Rural New Life, S.A. se hiciera cosa alguna para oponerse a dicha transacción.

Fue el Colectivo de Querellantes y la Plataforma la que conociendo la Sentencia que efectivamente daba la finca al Consorcio de Compensación de Seguros, presentó recurso de apelación, que pese a la oposición del Consorcio y de la Generalitat, fue aceptado a trámite.

Ciertamente, la Plataforma es un ejemplo de legitimación amplia, y su interés en autos deriva de considerar íntimamente ligadas las quiebras de ambas entidades, al derivar una de otra, y de haber advertido la existencia de bienes, concretamente una finca, que podía permitirles recuperar el 100% de sus créditos.

b) Asimismo, en el auto de 20 de junio de 2006 el Juez dice: no dejando de sorprender que si la Sindicatura de Rural New Life, S.A. veía tan claro el perjuicio que le ocasionaba la demanda interpuesta por el Consorcio de Compensación de Seguros, no se personara en este proceso, valiéndose de la misma vía que ahora promueve la Plataforma solicitante.

c) Como prueba irrefutable de hasta dónde ha intentado llegar el Consorcio de Compensación de Seguros, en la propuesta de acuerdo que la Sindicatura de Mutua Más Vida presenta al Juzgado de Instrucción nº 15 de Barcelona, se solicita el “sobreseimiento respecto a los imputados Miguel Lahoz y Conrado Sastre”, con la finalidad de sacar a concurso público la venta de la finca.

d) Actualmente esperamos Sentencia sobre el recurso de apelación.

PROCESO DE RESPONSABILIDAD CIVIL DE LA GENERALITAT

a) A partir del día 2 de marzo de 2004, en las dependencias de la Generalitat de Cataluña se interesó un pronunciamiento sobre las irregularidades en la gestión por la que intervinieron los administradores de la Mutua Más Vida y Rural New Life, S.A., dando lugar a que tras varias entrevistas, e incluso una manifestación ante la sede del Departamento de Economía y Finanzas, se solicitara la apertura del expediente administrativo de la responsabilidad civil de la Generalitat de Cataluña, con reconocimiento en la Quiebra de Rural New Life, S.A. y el importe de los créditos de los afectados, y que fue acompañada de 19 documentos que acompañaban dicha petición, encontrándonos en este momento a la espera de la resolución de la Dirección General de Finanzas, y como consecuencia, efectuar la prueba del acto de conciliación al Notario de Barcelona D. Antonio Bertran García, ante el Juzgado de Primera Instancia nº 28 de Barcelona, en el que la Juez nos ha emplazado a concretar las responsabilidades civiles o penales que de los hechos expuestos interesamos.

Este requerimiento nos ha sido anunciado verbalmente por SSª el pasado jueves, sin haberlo recibido hasta la fecha en el despacho.

ESTADO DE LA POSIBLE NEGOCIACIÓN CON EL CONSORCIO

a) En las notas informativas que hemos ido publicando últimamente en nuestra página de internet, y muy concretamente las de 11 de enero de 2007: primera reunión sostenida por este despacho con el Consorcio de Compensación de Seguros y la administradora de la Generalitat, en Barcelona, en la que se estudió la posibilidad de una solución final similar a la que el Consorcio de Compensación de Seguros tuvo con los afectados de Mutua Más Vida, el pago del 89% de su crédito; si bien, en la nota informativa de 16 de marzo ppdo. que seguidamente leemos, se concretaban las cinco condiciones impuestas, y habiéndose transmitido a la Sindicatura de Rural New Life, S.A., en un principio fueron aceptadas, y tras una nueva reunión en Madrid con los letrados Lagoa y Verdes, se nos manifestó si se estaría conforme en que por el Consorcio de Compensación de Seguros se cediera la finca de Lanzarote a la Sindictarura de Rural New Life, S.A. y se procediera a la venta de activos por parte de esta última, aunque ello suponía el cobro de un 65% de lo invertido, a lo que este despacho se ha negado, encontrándose en la actualidad pendiente de la recuperación de la Sra. Concepción Bermúdez, directora y negociadora en los acuerdos de Mutua Más Vida y posiblemente de Rural New Life, S.A.

RELACIÓN CON LA SINDICATURA DE RURAL NEW LIFE

a) En el año 2002, en que se produjo la quiebra de Mutua Más Vida y Rural New Life, S.A., esta última con sede ante el Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Sevilla, tuvo por abrumadora mayoría el nombramiento de los letrados Roberto Lagoa Santodomingo, su esposa Loreto Lago y Jesús Verdes Lezana como Síndicos de la misma.

b) Con anterioridad a este hecho, este despacho interpuso la querella ante el Juzgado de Instrucción nº 15 de Barcelona, en nombre de los afectados de dicha comunidad.

c) Todos los letrados hemos obtenido los poderes a través de la decisión de algunos de los llamados “Delegados” de Rural New Life, S.A.: en Cataluña Diego Luna, en Madrid Ángel Páramo, y en el resto de España Benito Escolano.

d) Ello ha supuesto el conocimiento por este despacho del inmenso fraude de la actividad de Rural New Life, S.A. y Mutua Más Vida, la información al Sr. Diego Luna de la intención de procesarlo, y la comunicación a la Sindicatura de la imputación de los Sres. Benito Escolano, Ángel Páramo, y diez personas más que hoy se encuentran imputadas ante el Juzgado de Instrucción nº 15 de Barcelona.

e) Es criterio de este despacho que el nombramiento de la Sindicatura se ha hecho a través de cientos de poderes de un colectivo como el de Testigos de Jehová, conducidos y aglutinados siempre a través de sus delegados y ancianos, siendo evidente que la querella interpuesta ante el Juzgado de Instrucción ha sido imprescindible la comparecencia, uno a uno, de todos los afectados y su ratificación.

f) ¿Qué quiero decir con esto? à Que sostengo lo mismo que el Consorcio de Compensación de Seguros: que es legítimo que la Sindicatura cobre sus honorarios a través de la masa de la quiebra, como así legalmente se encuentra instituido, pero que el hecho de intentar además el cobro por la misma gestión a cada uno de los poderdantes no nos parece regular, de ahí se deriva el distanciamiento entre este despacho y la Sindicatura, y que nos lleva a declararlo públicamente en esta reunión que no tiene más objeto que aunar todos los esfuerzos para conseguir lo antes posible la mejor recuperación de las inversiones efectuadas.


A dicha asamblea acudieron, por primera vez, afectados de diferentes Comunidades Autónomas, y que manifestaron su preocupación e ignorancia de que tras cinco años de gestión en las quiebras de Rural New Life y MMV no se tuviera prácticamente noticia alguna.

Independientemente de la Junta Directiva de la Plataforma, y de integrantes del gabinete jurídico que la asesora, estuvo presente el Letrado de Sevilla D. Isidro Fernández, con varias y acertadas intervenciones en la línea que esta Plataforma ha venido confirmando siempre, como es negociar ante las administraciones públicas un acuerdo que ponga fin a tanta espera con cierta dignidad.
Nuestra representación en Sevilla nos ha enviado documentación acreditativa de las peticiones que la Sindictaura de Rural New Life, S.A. interesa, como gastos por honorarios profesionales de diferentes procuradores, abogados y otros, que suman la cantidad de 30.171, 70 euros (5.000.000 ptas) además del Comisario de la Quiebra en la cuantía de 19.800, 00 euros (más de 3.000.000 ptas), considerando que el valor de un día de trabajo de éste último tiene un coste de 200 euros (se han dedicado 99 días desde junio de 2002 hasta febrero de 2007).
De igual manera, nos han llegado resoluciones del Fondo de Garantía Salarial sobre supuestos empleados a los que se han pagado diversas cantidades como créditos preferentes, y entre los que se encuentran las siguientes personas:
- Jesus Casqueiro Mendiri
- Maria Cerqueira Souto
- Noemi Casqueiro Cerqueira
- Esperanza Pulido Méndez
- Susana Carballal Caaveiro
- Antonio Izquierdo Aigües
- Álvaro Vilchez Serra
- Rocío Valle Salado
- Elena Cristina Báñez
- Juan Manuel Rodríguez Feria
- Manuel Fernández Oliva
- María Mercedes Torres Salado
- Victoria E. Torres Salado
- María José Arroyo García
- José Miguel Moya Segado
- José Francisco Ramírez Romero
- Juan Bautista Aragonés Charlet
- Margarita Amengual Fullana
- Olga Martínez Rua
- Natán Casqueiro Cerqueira
Todos ellos suponen un total de 60.646, 60 euros.
Es evidente que, en el criterio de esta Plataforma, las demandas laborales interpuestas por muchos de los que dicen ser ex-empleados, han sido espurias, sin que ni la Administración de la Generalidad de Cataluña en el momento de declarar la Quiebra voluntaria haya hecho nada por oponerse a dichas demandas, con lo que merecieron sentencias firmes a río revuelto.
Tampoco podemos comprender que por parte de la Sindicatura se proceda a amparar las ejecuciones de supuestos créditos laborales, con las correspondientes subastas, que no han supuesto cantidades importantes en la devolución a la masa de la quiebra.
Mientras esto sucede, el Juzgado de Instrucción nº 15 de Barcelona sigue sin exigir las fianzas de 1.500.000.000 de pesetas a los implicados, que se han ido desprendiendo de sus bienes en lo que constituye un claro delito de alzamiento. Tanta opacidad debe terminar.
Consideramos que las conversaciones iniciadas con el Consorcio de Compensación de Seguros el pasado mes de enero son la perspectiva mejor a la que pueden aspirar los afectados, por cuanto ni la entrega de la famosa finca de Lanzarote a la Sindicatura (como se pretende) podría aliviar una situación patrimonial que se sigue ignorando pese al emplazamiento que Generalidad, Consorcio y esta Plataforma ha venido interesando.
Creemos que la solución está en la propuesta que el propio Consorcio manifestó en el mes de enero, condicionándola a la presentación de cuentas de la Sindicatura, al cese de la misma y a la retribución de forma directa por el Consorcio a los afectados, debiendo en su caso los letrados que la componen cobrar sus honorarios de sus respectivos clientes.
En 15 días confiamos dar respuestas más concretas.

03 mayo 2007

Nota Informativa

Se convoca para el próximo día 24 de mayo a las 16:30 horas en el local CanCalderón, C/ Andorra nº 64 de Viladecans, (Barcelona). Teléfono 93 635 1804, a cuantos afectados en la quiebra de Rural New Life decidan asistir ante la importancia de los asuntos que en la misma se van a dilucidar, con el siguiente Orden del Día:

1) Referencia al estado en que se encuentran los siguientes procesos:

a) Juzgado nº 15 de Instrucción de Barcelona
b) Juzgado nº 5 de 1ª Instancia de Sevilla.
c) Juzgado nº 46 de 1ª Instancia de Barcelona
d) Proceso de responsabilidad civil de la Generalitat de Catalunya
e) Acto de conciliación al Notario Don Antonio Beltrán García sobre la Constitución de la escritura de Más Vida.
f) Estado de la negociación con el Consorcio de Seguros.
g) Relación con la sindicatura de Rural New Life.


2) Intervención de los asistentes que así lo deseen.

3) Iniciativas a seguir por la Plataforma y colectivo de querellantes que en esta asamblea se aprueben.


Es imprescindible la mayor parte de afectados, dada la importancia de los asuntos a tratar. Hemos invitado a esta asamblea a la Sindicatura de Rural New Life, a la representación de la Generalitat de Catalunya, y al Consorcio de Seguros por si estiman su asistencia a la misma.

Barcelona, a 3 de mayo del 2007.


Por La Plataforma de afectados de Rural New Life y Más Vida
El presidente, José Manuel Rabaneda.

Colectivo de querellantes
Letrado Esteban Gómez Rovira.

30 abril 2007

NOTA INFORMATIVA DE 27 DE ABRIL DE 2007




En nuestra última nota informativa informábamos de encontrarnos pendientes de respuesta sobre la decisión del Consorcio de Seguros tras nuestra última reunión en Madrid con el mismo y la Sindicatura.

Hemos podido comprobar que la Sra. Dña. Concepción Bermúdez, directora de dicha gestión y que fue la que en su día llevó a cabo el pago a los inversionistas de Más Vida y que también estudió con este letrado la posibilidad de hacer lo mismo con los acreedores de Rural New Life ha estado de baja y en la actualidad en recuperación, por lo que estimamos que en términos del mes de mayo podamos concretar algo más sobre tal iniciativa.

Mientras esto sucede la sindicatura, que no ha presentado todavía todas las cuentas, aunque dice estar realizándolas, ni al Juzgado nº 5 de Sevilla ni al Consorcio ni a los administradores de la Generalidad, y lógicamente tampoco a esta representación ha sido requerida para que cumplimente tan importante información.

En el procedimiento penal ante el Juzgado nº 15 de Instrucción de Barcelona el ministerio fiscal sigue estudiando los 16 tomos de los que consta la Instrucción en el mismo, con el fin de realizar escrito de la acusación o nuevas diligencias. Esta acusación particular ha solicitado que por dicho Juzgado se requiera la Sindicatura para que se informe de los créditos preferentes en su día embargados a los supuestos trabajadores y delegados de Rural New Life se han merecido la misma atención de pago de algunos créditos laborables satisfechos mediante subastas de inmuebles y en ese caso si el importe de dichos créditos se ha trasladado a la cuenta del Juzgado de Instrucción nº 15.

En cuanto a la responsabilidad civil solicitada de la Generalitat de Catalunya y encontrándonos en periodo de prueba sin que la misma se haya pronunciado sobre la conveniencia de declaración del Notario Antonio Beltrán García, hemos instado acto de conciliación contra el mismo por las irregularidades habidas en la constitución en la Mutua Más vida que ha dado origen a toda esta estafa.

Finalmente, hemos creído oportuno fijar la semana del 14 al 19 de mayo próximo para celebrar la reunión en Can Calderón, de Viladecans cuya hora y día concreto informaremos el próximo viernes, con el orden del día correspondiente para conocimiento más detallado de la situación que a esa fecha consideramos importante conocer.


Firmado,



Esteban Gómez Rovira

30 marzo 2007

Nota informativa








Nota informativa a día 30 de marzo del 2007


Como continuación a nuestra ultima nota informativa, en la que manifestábamos estar pendientes de contestación del Consorcio de seguros sobre la posible absorción de los créditos de Rural New Life, en el día de ayer se nos ha manifestado que todavía se encuentra pendiente de que, por parte de la sindicatura Srs. Roberto Lagoa y Jesús Verdes, se envíe la información comprometida de los inmuebles que se encuentren como activos en el patrimonio de Rural New Life, así como el estado de cuentas y pagos realizados como consecuencia de la ejecución que por parte de los supuestos trabajadores de Rural New Life han merecido la calificación de "acreedores privilegiados".

Entendemos que todos los afectados deben conocer la lista de los empleados que han demandado a Rural New Life a través de los abogados que figuran en los dos anexos que se acompañan.
Con fecha 11 de enero del 2007, la Audiencia Provincial de Barcelona dictó sentencia contra la sindicatura de la quiebra de Rural New Life, desestimando su pretensión de que por el Consorcio de Seguros se pagaran 7.840.482,08 euros a Rural New Life, manifestando que no existía discriminación alguna por el pago realizado a los afectados de Más Vida, y estar pendiente los de Rural New Life.

Es evidente que esta sentencia notificada el 23 de enero del 2007 ha hecho ser mucho más prudente al Consorcio de Seguros para llegar a la solución anunciada por esta Plataforma de hacerse cargo de los créditos de Rural New Life, siendo lógico que se pidan ahora con más precisión el patrimonio que Rural New Life tiene en la actualidad, la liquidación de cuentas, los pagos y conceptos con que se hayan hecho y cual es realmente, a día de hoy, el balance de activo y pasivo que tiene la Sindicatura de Rural New Life.



La iniciativa ya expuesta en anterior nota informativa de que por el Consorcio de Seguros se entregue algunos inmuebles como la finca de Lanzarote, de gran valor, para que por la Sindicatura de Rural New Life se proceda a la venta y reparto, no cuenta con la aceptación ni del Colectivo de Querellantes ni del de la Plataforma que represento, por entender que en la actualidad debe ser un organismo como el Consorcio de Seguros quien cierre esta quiebra con los menores gastos posibles y con la transparencia de dicha entidad oficial.

En esta convicción estamos interesando de dicho Consorcio la forma jurídica de llevar a término tal iniciativa.
Mientras tanto, informamos de los dos procesos administrativo y penal vigentes en la actualidad.

Procedimiento Administrativo:

Se solicita la responsabilidad civil de la Generalitat de Catalunya ante los hechos ya conocidos de la falsificación en la Constitución de la Mutua Más Vida y los errores que la hicieron posible a través del Notario de la Dirección General de Trabajo de dicha Generalitat, encontrándose en la actualidad en el proceso de prueba que suponemos se completará después de Semana Santa.


Proceso Penal

Ante el Juzgado de Instrucción nº 15 de Barcelona, en el que también se encuentra personado como acusación particular el Consorcio de Seguros. La lentitud con que suele dicho Juzgado proveer las peticiones de esta acusación particular hacen que todavía se encuentren pendientes de consignar por todos los imputados, los más de 1.500 millones de pesetas que les impuso de fianza dicha jueza y que están dando lugar a la impunidad de algunos de esos imputados que en estos años han procedido a un presunto alzamiento de bienes, como estamos demostrando en casos muy concretos, en que dicho imputado se ha desprendido de bienes por cuantías millonarias.


Confiamos en que el nuevo impulso del Ministerio Fiscal, habiendo solicitado una documentación importante y que ya obra en nuestro poder, acelere la apertura del juicio oral que sin duda depurará las responsabilidades penales de muchos de los administradores y Directivos.

Mientras esta representación sigue creyendo en una solución que, independientemente del resultado de las responsabilidades de la Generalitat y de las Penales de los dirigentes, debe venir de un acuerdo con la Entidad que ya lo llevó a cabo en el caso de la Mutua Más Vida, íntimamente relacionada con Rural New Life, y que este acuerdo ha de significar el cese y rendición de cuentas del actual Sindicatura, como así se aceptó en un principio por la misma, exigiendo no se demore más la petición que dicho Consorcio, el Juzgado nº 5 de Sevilla y esta representación tiene reiteradamente hecha a la misma.


Barcelona, 30 de marzo de 2007.




16 marzo 2007

Nota Informativa



Nota Informativa del 16 de marzo del 2007



El pasado 11 de enero informamos en la nota informativa de aquella fecha de las negociaciones establecidas con el Consorcio de Seguros sobre la posibilidad de que dicha entidad pudiera hacerse cargo de los créditos de todos los afectados de Rural New Life.


Las condiciones sugeridas por el Consorcio fueron:

Primero: rendición de cuentas sobre el Estado de activos y pasivos de la Sindicatura de Rural New Life.

Segundo: cese de dicha Sindicatura tras el convenio con el consorcio.

Tercero: pago directo por parte del Consorcio a cada uno de los afectados, sin mediación de abogados los cuales, en su caso, cobrarían su gestión directamente de sus clientes.

Cuarto: porcentaje de los créditos que pudiera pagarse, teniendo en cuenta los activos y pasivos en que se encuentre en la actualidad Rural New Life y sus empresas.

Quinto: considerar que Más Vida es la madre de Rural New Life, con la finalidad de que el Consorcio pudiera hacerse cargo de los pagos.



Esta propuesta, con la misma fecha de 11 de enero ppdo. se trasladó a los síndicos Roberto Lagoa Santo Domingo y Jesús Verdes Lezana, siendo respondido el 18 de enero por el síndico Roberto Lagoa Santo Domingo mostrando su conformidad y la de su esposa, la síndico Loreto Lago y la del tercer síndico Jesús Verdes.
El 20 de febrero ppdo. el Consorcio en las dependencias de su sede central en Madrid manifiesta a este letrado que puede ser complicada la fórmula ofertada en Barcelona el 10 de enero y que tal vez hubiera la posiblidad de la entrega de la finca de Lanzarote, mejor valorada de todas, a la quiebra de Rural New Life y proceder a la venta de todo el patrimonio por la Sindicatura.
Evidentemente manifesté mi disconformidad a tal proyecto y mi extrañeza al paso atrás que ello suponía.
Finalmente el pasado jueves 8 de marzo fuimos citados delante del Consorcio en Madrid la Sindicatura de Rural New Life que compareció a traves de los síndicos Roberto Lagoa y Jesus Verdes, así como este letrado. No se encontraba presente la Sra. Concepción Bermúdez, que sí lo hizo en la reunión del 10 de enero en Barcleona, y que es la representante legal del Consorcio.
La realidad es que la Sindicatura de Rural New Life manifestó su acuerdo por la ultima iniciativa propuesta por el Consorcio, de entrega de la finca de Lanzarote, supuestamente patrimonio de Más Vida, admitiendo que ello supondría el pago de no más del 65% de las inversiones de los afectados, a lo que de forma categórica se opuso la representación de la plataforma y los querellantes. Terminando la reunión sin acuerdo alguno, y fijando para una fecha próxima, que opción puede escoger el consorcio.
Esta representación quiero manifestar:
Primero: que no se encuentra todavia al día de la fecha ni en el Consorcio, ni en el Juzgado de 1ª Instancia nº 5 de Sevilla ni a este letrado, pese a pedirnos reiteradamente balance de los bienes inmuebles propiedad de Rural New Life; ni de las cargas que sobre los mismos puedan existir; ni las ventas de las fincas que se hayan podido realizardel patrimonio de Rural New Life; ni las subastas a las que se haya acudido en embargo de dichos patrimonios por terceros; ni los juicios entablados, ganados o perdidos en la defensa de los afectados; ni las cuentas de honorarios pagadas a procuradores y abogados; ni la justificación de los gastos que ha ocasionado el desarrollo de la quiebra por los pagos que se hayan podido hacer al Comisario y a la Sindicatura.
Es evidente que esta representación, que acredita más de 600 afectados entre querellantes y adheridos a la Plataforma no puede esperar más tiempo sin la exigencia de responsabilidades a quienes tienen el deber de justificar el estado actual de la quiebra de Rural New Life y el modo previsto para resarcir a los afectados.
Dadas las circunstancias presentes no cabe duda que solo una entidad pública como el Consorcio debe finalizar lo que en su día empezó con las quiebras de Más Vida y Rural New Life, porque es la única garantía que pueden tener todos los afectados, ya sea comprando los créditos por dicha entidad, o liquidándolos con pago directo a los afectados, que tienen el derecho de elegir la forma más apropiada a sus intereses, y en este sentido y con esta fecha, nos dirigimos a la Generalidad de Cataluña y a la Dirección General de Seguros para que se adopten todas las medidas necesarias para resarcir en la medida de lo posible los importes de los créditos acreditados.
Barcelona, a 16 de marzo del 2006
Fdo. Esteban Gómez Rovira

11 enero 2007

Nota Informativa

Nota Informativa dia 11 de enero de 2007

En el día de ayer 10 del corriente mes de enero se celebró en Barcelona la reunión prevista por este letrado, en representación del colectivo de querellantes y de la asociación Plataforma de afectados Rural New Life S.A. y Mutua Más Vida. Estuvieron presentes la representante del Consorcio de Compensación de Seguros Dña. Concepción Bermúdez, la letrado de dicha entidad Sra. Carro y la administradora nombrada por la Generalitat en la quiebra Dña. Nuria Cortada.

Dicha reunión tuvo por objeto la posibilidad de llegar a un acuerdo entre los afectados acreedores de Rural New Life S.A. y el Consorcio de Compensación de Seguros para que éste asumiera los créditos de los mismos.

Esta acusación particular ha mantenido siempre que la Mutua Más Vida se constituyó con posterioridad a Rural New Life, aunque siempre hemos manifestado la íntima conexión en un mismo fraude. El Consorcio de Compensación de Seguros solo puede contemplar la posibilidad de asumir los créditos afectados por los inversores de Rural New Life en base a que ésta empresa fue absorvida en su día por la Mutua Más Vida y por consiguiente pudiera hacerse cargo de las deudas de la empresa que absorvió. Ello significa que para el caso de asumir el pago de los créditos de Rural New Life debería compensarse lógicamente con los activos de dicha empresa ( fundamentalmente bienes e inmuebles) y las responsabilidades civiles que pudieran derivarse de los procedimientos civiles y penales actualmente en vigor.

Para poder llevarse a cabo tal iniciativa se hace preciso el cese de la sindicatura de Rural New Life S.A. tras la correspondiente rendición de cuentas, para lo cual con esta misma fecha hemos emplazado a los tres síndicos, letrados Jesus Verdes, Roberto Lagoa y Loreto Lago para que dentro del plazo de ocho días se pronuncien si aceptan tal iniciativa o sugieren una alternativa.

Entiende ésta representación que cuanto exponemos es una solución inmediata y positiva, que deberá suponer confirmarla ante el Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Sevilla, con la aprobación de los afectados y el Consorcio de Seguros.

Preocupa a esta representación hechos como la cesión de créditos hipotecarios de la Caja de Granada a favor de la empresa profesional de las subastas KPS Renta S.L. realizada el 8 de abril del 2005 notificada a esta parte el 6 de enero del 2007, o la venta en públicas subastas de fincas instadas por beneficiarios de sentencias laborales que alcanzaron su firmeza ante la desidia de las administraciones de Rural New Life S.A. tras la quiebra de dicha entidad y ante la evidente malversación que ha supuesto consolidar créditos salariales injustificables.

En cuanto a la responsabilidad civil de la Generalitat de Cataluña seguimos su proceso que se encuentra en periodo de prueba ante el departamento de Economia y Finanzas de dicha administración. En el Juzgado de Instrucción nº 15 de Barcelona se ha pedido ya por el Ministerio fiscal copia de toda la documentación, superior a 6000 (seis mil) folios que hace presumir la apertura del juicio oral. Se encuentran pendientes algunas testificales que consideramos importantes pese a la lentitud con que dicho juzgado suele proveer.

El próximo viernes día 19 del presente mes de enero seguiremos informando.

Fdo: Letrado Esteban Gómez Rovira

21 diciembre 2006

Nota Informativa


El pasado martes, 5 de diciembre, la Plataforma y la representación del Colectivo de Querellantes sostuvo una reunión en las dependencias de la Generalitat dentro del impulso dado al Expediente de responsabilidad civil instado contra dicha Administración, y en el que se confirmó la posibilidad de que por el Consorcio de Compensación de Seguros pueda establecerse una negociación que, independientemente de las responsabilidades civiles y penales de todos los implicados, sea asumida no sólo por la Generalitat sino también por la Dirección General de Seguros, habiéndose señalado una reunión definitiva para el día 11 de enero en Barcelona.
Nos encontramos todavía pendientes de que el Juzgado de Instrucción nº 15 de Barcelona nos notifique el día y la hora del interrogatorio que en su día no se practicó en Marbella por error del Juzgado de esta población, y que consideramos fundamental dado además la existencia en dicha población de una oficina de Federico de Vittori, la cual (inexplicablemente) se encuentra abierta al público pese a la existencia de Comisión Rogatoria Judicial a Suiza, donde en su día dicha persona reconoció los hechos que se le imputaban, por lo que hemos solicitado el embargo de dichas dependencias y la necesidad de la declaración personal del Sr. De Vittori en España.
Por otra parte, hemos tenido noticia de haber sido ejecutada la finca denominada "Torre Pajarete", inscrita en el Registro de la Propiedad nº 1 de Villamartín, Cádiz, y por el ejecutante D. Antonio Lisaso Eguren, frente a Rural New Life, S.A., en el Juzgado de lo Social nº 3 de Valencia, habiendo quedado un remanente de 692.613, 66 euros, que se han ingresado en la cuenta que en el Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Sevilla tiene la Quiebra 690/02.
Al mismo tiempo, la Sindicatura de dicha quiebra ha indicado ya su intención de hacer los pagos a los supuestamente empleados de Rural New Life, S.A., como créditos preferentes, y que al final de esta nota adjuntamos, informándoles de que a la izquierda de cada uno de los nombres que se hacen figurar se encuentran las de los Letrados que han llevado su defensa.
Es importante que por cualquiera de los afectados pueda reconocerse si alguna de las personas que figuran en dicha lista tuvieron algún contacto, y el alcance del mismo, con cualquiera de los querellantes o de los adheridos a esta Plafatorma, y en su caso, si fueron receptores de cantidades de dinero y el cargo que desempeñaban en su relación con Rural New Life, S.A.
Esta información debe remitirse URGENTEMENTE a esta Plafatorma en el presente blog, o bien por correo ordinario a Barcelona, C/ Rocafort nº 24, Tel. 93 423 84 05 y Fax 93 426 31 20.
Confiando en dar próximamente la noticia que todos esperamos les deseamos unas Felices Fiestas.
Afectuosamente,
La Plataforma

09 noviembre 2006

Nota informativa

Con fecha 3 de noviembre del presente año, el Juzgado de Primera Instancia nº 46 de Barcelona ha dictado Auto desestimando la oposición realizada por el Consorcio de Compensación de Seguros a nuestra demanda, reconociéndose que esta Plataforma esta legitimada en la defensa de los intereses que representa, y ante un hecho que debemos resaltar: considerar íntimamente ligadas las quiebras de ambas entidades, al derivar una de otra, y de haber advertido la existencia de bienes, concretamente una finca, que podría permitirles recuperar el 100% de sus créditos.

Estimamos que ante de la próxima Navidad el Juzgado de Instrucción nº 15 de Barcelona deberá haber finalizado su instrucción, y por ello solicitaremos la apertura de juicio oral. De igual forma, el expediente de responsabilidad civil de le Generalidad de Cataluña, antes de este fin de mes, deberá contestar a nuestra solicitud de pruebas y petición de responsabilidad.

De ambos hechos daremos puntualmente cuenta a final de este mes.

18 octubre 2006

Nota Informativa

Como anexo a la presente nota reproducidos escrito dirigido al Dpto. de Economía y Finanzas de la Generalidad de Cataluña, ante el emplazamiento que la misma nos hizo el 22 de septiembre ppdo. dentro del expediente de responsabilidad civil abierto por dicha administración.

Como puede comprobarse, la responsabilidad civil solicitada es la de todos los querellantes ante el Juzgado de Instrucción nº 15 de Barcelona, y algún afectado que en su día apoderó al despacho jurídico de la Plataforma de Afectados.

En el pasado verano, y concretamente en la Comunidad Autónoma de Galicia, hemos interesado la ratificación de las acciones administrativas y judiciales emprendidas por esta Plataforma, las cuales parece ser han supuesto un enfrentamiento con la Sindicatura de la Quiebra de Rural New Life, S.A. y Mutua Más Vida.

Ello hace preciso que cuantos afectados se han dirigido a esta Plataforma adhiriéndose a la misma, en un plazo no superior a 20 días, concreten a través de sus letrados o del despacho jurídico de esta Plataforma su adhesión mediante los correspondientes poderes notariales, pues en otro caso nos es imposible mantener una representación que nos exige la Generalidad de Cataluña.

Para cualquier información pueden llamar de 17:00 a 19:00 horas al teléfono 93 423 84 05 (4 líneas).

31 julio 2006

Jdo. Instrucción nº 15

A continuación transcribimos escrito presentado ante el Juzgado de Instrucción nº 15 de Barcelona, al no poder colgarlo en imágenes debido a problemas técnicos del servidor. Tan pronto como se solucionen pondremos a su disposición el citado escrito en el formato habitual.



Jdo. Instrucción nº 15
Diligencias Previas 7/2003 – BP
Barcelona



AL JUZGADO


DON JORGE RODRIGUEZ SIMÓN, Procurador de los Tribunales y del COLECTIVO DE QUERELLANTES, según tengo debidamente acreditado en el procedimiento del epígrafe, comparezco ante ese Juzgado y como mejor proceda en Derecho,


D I G O :


Que a la vista de la situación en que se encuentra la instrucción de la causa de referencia y la averiguación de algunos hechos realizada por esta acusación particular, entendemos debemos ponerlo en conocimiento de ese Juzgado, solicitando las diligencias que más adelante se interesarán.


I.- A día de hoy, se encuentra pendiente la diligencia de declaración en calidad de imputado de D. Jesús Casquerio Mendiri, delegado de Galicia y apoderado de Rural New Life, S.A., junto con sus hijos D. Natán Casqueiro Cerqueira, Dª Noemí Casqueiro Cerqueira, su esposa Dª María Cerquerio Soustao, su suegro D. Secundino Cerqueria, su cuñada Dª Rosa Cerqueira Soustao, y cuya localización bien podría hacerse a través de su representación en la quiebra de Rural New Life, S.A. (Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Sevilla) y en ese Juzgado, letrado D. Roberto Lago Santodomingo.


II.- Hemos reiterado varias veces, y la instrucción así lo ha confirmado, que todos los delegados, apoderados de Rural New Life, S.A. y Mutua Más Vida, tienen claros indicios de responsabilidades delictivas, de ahí que ese Juzgado señalara en su día tras la petición de esta acusación particular, el 9 de octubre de 2002, y posteriormente la de la Sindicatura de Mutua Más Vida, fijando una responsabilidad civil solidaria en la cuantía de 1500 millones de las antiguas pesetas, que nadie hasta el día de hoy ha puesto cantidad alguna, mientras inculpados como D. Diego Luna Sánchez o D. Ángel Páramo Zarzuelo se deshacía de sus bienes en sociedades patrimoniales o instrumentales. Es el caso de DELINFI, S.L., creada por la esposa de D. Diego Luna Sánchez, Dª. Esther Calle Bohn, cuya imputación esta acusación ha solicitado reiteradamente.

De igual forma, Ángel Páramo Zarzuelo se ha hurtado constantemente de las comparecencias señaladas por ese Juzgado, con cambios de domicilio cuya obligación tenía de haber notificado, prolongando su declaración hasta el pasado 16 de junio, en la forma que es de ver ante el Juzgado de Instrucción nº 9 de Alcalá de Henares, y en la que no tuvo más remedio que reconocer, negándolo primero, las sociedades ficticias creadas con D. Benito Escolano Lorrio, NUSMAVI Corredora de Seguros, GESTIRPAM, esta vez con su hijo Sadrat Páramo Morales, o INVERCOSMOS, S.A., esta última con un capital de 200.000 euros, cuya participación era de un 20%, y que vende el 8 de julio de 2005, cuando ya se encontraba imputado en la presente causa, y conocía su obligación de prestar fianza.

III.- No podemos ocultar por más tiempo la denuncia que hemos hecho ante ese Juzgado de que la mayoría de los afectados han sido agrupados a través de los que fueran sus delegados en Rural New Life, S.A. y Mutua Más Vida, siguiendo la estrategia de apoderar a unos representantes legales nombrados en su día Síndicos de la quiebra de Rural New Life, S.A., cuando es evidente que dicha Sindicatura tiene la obligación de gestionar la misma sin pedir un céntimo a los afectados, porque para estos gastos esta ya la masa de la quiebra.

Ello ha hecho que un colectivo distinto del de la presente acusación particular, clame por una información veraz y por las posibilidades de recuperar sus inversiones. Nos estamos refiriendo a la Plataforma de Afectados de las Quiebras de Rural New Life, S.A. y Mutua Más Vida, constituida legalmente, y actuando ya en diversos procesos.


IV.- Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Sevilla: con fecha 8 de noviembre ppdo. se requirió a la Sindicatura de Rural New Life, S.A. en la forma que es de ver en el documento 1, y que fue contestada el 14 del mismo mes (documento 2), lo que obligó a interesar del citado Juzgado la petición denegada por la Sindicatura, y que mereció la Providencia de 31 de mayo de 2006, claramente explícita, y que a día de hoy sigue sin respuesta (documento 3).


V.- Juzgado de Primera Instancia nº 46 de Barcelona: la Sindicatura de Mutua Más Vida (Consorcio de Compensación de Seguros) que en su día pagó el 89% de las inversiones de los afectados de esta última, además de estar comparecida como acusación particular en la causa del epígrafe, inicia ante dicho Juzgado una demanda contra las sociedades instrumentales ESTERES LAND, con el fin de conseguir hacerse con las acciones de FABRERAL, propietaria de la finca de Lanzarote, valorada en 1.500 millones de pesetas.

Para ello no se dudó en que los administradores provisionales de Rural New Life, S.A. y Mutua Más Vida (D. Luis Verbón Cruells y Dª Nuria Cortada Calcena), a sueldo todavía hoy de la Generalitat de Cataluña, se allanaran a la entrega de la finca mencionada. Conocida tal iniciativa por esta acusación particular, y habiendo recaído Sentencia en el allanamiento descrito, se solicitó apelación de la misma, y que obtuvo según es de ver en el documento 4, encontrándose en la actualidad pendiente de resolver el recurso de reposición interpuesto por la Sindicatura de Mutua Más Vida contra la personación en autos de esta acusación.


VI.- Generalitat de Cataluña: durante todo el proceso, hemos interesado siempre la responsabilidad civil de la que fue Consejería de Trabajo (hoy de Economía) de la Generalitat, fundamentada en la negligencia e supuso la constitución de la Mutua Más Vida y su intervención en la quiebra de Rural New Life, S.A.:

La constitución realizada ante el Notario de Barcelona, D. Alfonso Beltrán García, de la Mutua Más Vida, el 18 de septiembre de 1998, tiene los siguientes vicios:

a) El acta que dice firmar Mª Nieves Torres Salado, según declaró en calidad de imputada el 15 de octubre de 2003, niega que la lista de socios constituyentes anexa a la escritura estuvieran presentes, lo que es obvio, ante más de los 40 supuestos socios que lo niegan.

b) La lista tiene en su gran mayoría los nombres de varios imputados y sus familiares, algunos ni siquiera con el segundo apellido, en otros con números de teléfono en lugar de los DNI, y en otros casos ni lo uno ni lo otro.

c) Es significativo que el acuerdo de constitución firmado por Mª Nieves Torres Salado venga escrito en un impreso original de la Generalitat de Cataluña (Dpto. de Trabajo, Dirección General de la seguridad social), aportándolo al Notario como única persona D. Evaristo Pérez Sánchez.

d) La totalidad de la Junta Directiva, D. Evaristo Pérez Sánchez (fallecido) Dª. Maria de las Mercedes Torres Salado, Dª Maria Nieves Torres Salado y D. Juan José Pérez Sánchez, se encuentran imputados desde el año 2003 en la presente causa, negándose a contestar sobre estos extremos en sus declaraciones ante ese Juzgado o con falsedad en las mismas.


e) El Notario de Barcelona D. Antonio Beltrán García, con domicilio profesional en Avda. Meridianaza nº 350, piso 14º, ha sostenido entrevista con esta acusación particular, reconociendo la posibilidad de error en la documentación que le fue entregada, si bien ante los documentos que llevaban papel timbrado de la Generalitat (certificado de constitución) y el sello en otro certificado con de la Dirección General de la Seguridad Social de 15 de septiembre de 1998, cumplimentó su tramitación al entender que había sido suficientemente revisada por la Administración Pública.

Estimamos de suma importancia la confirmación ante ese Juzgado su declaración ante ese Juzgado en calidad de testigo.
VII.- Sindicatura de la Mutua Más Vida (Consorcio de Compensación de Seguros): independientemente de los hechos expuestos sobre la intencionalidad de conseguir la finca de Lanzarote con la colaboración de los dos administradores provisionales de la Generalitat de Cataluña, existe todavía una iniciativa más, que consideramos debe ponerse en conocimiento inmediato del Ministerio Fiscal: el documento 5 acredita que se solicita, nada menos, que en la causa de referencia ese Juzgado proceda a la exculpación en las diligencias de los imputados D. Miguel Lahoz y D. Conrado Sastre, ante el trato económico que parece ser han ofertado, rebajando el precio de la supuesta hipoteca que grava dicha finca.

Esta acusación ha entendido siempre que Rural New Life, S.A. y Mutua Más Vida han sido la misma estafa y maquinación para alterar el precio de las cosas, que ha podido llevarse a cabo sobre un colectivo mayoritario de Testigos de Jehová, siendo precisamente sus jerarquías las que han defraudado en su propio beneficio cantidades millonarias, sin que pueda mirarse hacia otra parte cuando la Administración autonómica y estatal consintió su constitución, le dio el visto bueno la propia Dirección de Seguros, Sección de Previsión Social (documento 6), manteniendo además de forma inexplicable a dos administradores provisionales en la quiebras de Rural New Life, S.A. (Luis Verbón Cruells) y Mutua Más Vida (Nuria Cortada Calcena), corriendo con todos los gastos la propia Generalitat, ¿Por qué?

Nunca ha comprendido esta acusación particular la objeción del Ministerio Fiscal, admitida por ese Juzgado, sobre la necesidad de llamar como testigo, no como imputados (según se responde por ese Juzgado al CGPJ), a D. Ignacio Farreras Bochata, D. Ramón Tomás, D. Enrique Anglada Turlán, pues sí, es evidente la relevancia, pertinencia y necesidad de sus testimonios, por otra parte suscritos documentalmente en la causa.

La Fiscalía de Lugano interrogó en una mañana al Sr. Federico de Vittori, que mintió en las primeras horas, y ya por la tarde confesó de plano y fue arrestado.

¿Por qué no se puede hacer lo mismo con quienes se burlan de ese Juzgado y de las acusaciones privada, retrasando sus comparecen encía, mintiendo descaradamente, alzando sus bienes a través de estos últimos cuatro años?

Para esta acusación el caso es muy claro, la gigantesca estafa ha podido hacerse a través de los imputados y alguno más no llamado todavía a declarar. Ello ha sido posible por la negligencia in vigilando de las Administraciones autonómica de Cataluña y estatal, como reflejamos en e documento 7, y sigue a día de hoy con la intervención de los administradores provisionales sonde hay ya nombradas dos Sindicaturas.,

La cuestión prejudicial penal es clara en todas las iniciativas que está desarrollando la Sindicatura de Mutua Más Vida (Consorcio de Compensación de Seguros), sin que pueda sustraerse bien alguno sin autorización expresa del Juzgado que instruye ambas quiebras como fraudulentas.

La preocupación de los afectados, a los que se niega información, ha hecho necesario interesar el traslado a la Audiencia Nacional por entender que ese Juzgado no puede asumir el volumen de un proceso que tiene afectados en Asturias, Cantabria, País Vasco, Huesca, Zaragoza, Navarra, Galicia, Baleares, Canarias, Badajoz, Barcelona, Cádiz, Gerona, Granada, Guadalajara, Cuenca, Huelva, Jaén, León, Málaga, Murcia, Palencia, Sevilla, Tarragona, Valencia, Valladolid, La Coruña, Madrid, Orense, Pontevedra, Alicante, Francia y Portugal.

Todo ello sin que el hecho de que el Fiscal de la AN decline su competencia diciendo que solo hay un afectado: el Consorcio de Compensación de Seguros, y no se haya recurrido, cuando la propia AP de Barcelona ya se pronunció al respecto.



En su virtud,


SUPLICO AL JUZGADO: Tenga por hechas las manifestaciones que anteceden, y con unión a la causa de los documentos que se acompañan, se declaren pertinentes las siguientes diligencias:

1ª Declaración en calidad de imputado de D. JESUS MENDIRI CASQUEIRO, con citación a través de su letrado D. Roberto Lagoa Santodomingo, personado también en la causa del epígrafe.

2ª Declaración en calidad de testigos de las siguientes personas:

- D. IGNACIO FARRERAS BOCHATA
- D. RAMON TOMAS
- ENRIQUE ANGLADA TURLÁN

Solicitando se les cite a través de la Dirección General de Economía de la Generalitat de Cataluña, sita en Paseo de Gracia nº 19, 7ª planta.

3ª Habiendo sido declaradas fraudulentas las quiebras de Rural New Life, S.A. y Mutua Más Vida, se interesa de ese Juzgado requiera a ambas Sindicaturas el estado de los bienes de las mismas, y los conceptos que se hallan dispuesto.


4ª Asegurar las fianzas fijadas ya en el año 2003, de 1.500 millones de las antiguas pesetas, de forma solidaria para los imputados, requiriéndoles sobre el posible alzamiento de bienes a hayan dispuesto desde noviembre de 2001 y bajo la posible prisión preventiva que pueda suponer su desobediencia.


5ª Fijar, a la mayor brevedad posible, la declaración en calidad de testigo de D. ANTONIO GUTIÉRREZ MATA, Agente de la Propiedad Inmobiliaria que gestionó numerosas compraventas en Málaga y Marbella entre los imputados.



Esteban Gómez Rovira Jorge Rodríguez Simón
Abogado Procurador
Deseándoles a todos unas felices vacaciones estivales, esperamos poder tener novedades para primeros de septiembre.
Un saludo.

07 julio 2006

Nota Informativa


En el día de ayer, 6 del corriente mes de julio, el Gabinete Jurídico de la Generalitat de Catalunya, en las dependencias de la Consejería de Economía y Finanzas, mantuvo entrevista con nuestro letrado D. Esteban Gómez Rovira, a la que asistieron el Jefe de la Asesoría, D. Luis García Ramírez, el Dicrecto General (Sr. Pere) y el Subsidrectos de Asuntos legales de Mutuas y Seguros (Sr. Anglada).


En dicha entrevista se presentó documentación acreditativa de las responsabilidades que a nuestro entender tiene no sólo la Generalitat de Cataluña sino también la Dirección General de Seguros de Madrid, que autorizó ilegalmente su actividad.


Adjunto a estas líneas, aportamos el escrito que ha dado lugar a que la Generalitat de Cataluña abra el expediente correspondiente sobre la presunta responsabilidad civil que hemos exigido.


Asimismo, hemos interpuesto ante el Juzgado de Primera Instancia nº 46 de Barcelona la impugnación al recurso de reposición que la Sindicatura de Mutua Más Vida ha realizado contra el Auto del Juzgado que nos concedía la personación en el asunto de la propiedad de la finca de Lanzarote (1.500 millones de las antiguas pesetas).


Ambas iniciativas, que hemos querido transmitir literalmente, significan:

a) Que independientemente de las iniciativas que puedan desarrollar las Sindicaturas de Rural New Life, S.A. o de Mutua Más Vida, esta Plataforma así como el Colectivo de Querellantes personado en el Juzgado de Instrucción nº 15 de Barcelona, va a continuar exigiendo las responsabilidades no sólo de quienes aparecen como imputados en los presuntos delitos de estafa, apropiación indebida, falsedad, alzamiento de bienes, maquinación para alterar el precio de las cosas, sino también para quienes habiendo sido nombrados representantes de los afectados, demoren, se abstengan, y silencien todos los impulsos administrativos y procesales que afectan a los créditos reconocidos como perjudicados.




b) Habiéndose iniciado ya la acción administrativa contra las Administraciones Autonómica y Estatal, sobre su presunta responsabilidad por negligencia grave, se hace imprescindible concretar los afectados que han cumplimentado su adhesión a esta Plataforma, así como los letrados, si los hubiere, que hasta el día de la fecha les representan, con el fin de unificar criterios y dirección.




Afectuosamente,


La Plataforma.



23 junio 2006

Seguimos adelante

Hoy se nos ha notificado Auto de 20 de junio, del Juzgado de Primera Instancia nº 46 de Barcelona, relativo al Procedimiento Ordinario 909/2005. El Juez ha acordado adimtir nuestra intervención y personación en las actuaciones, seguidas originalmente por el Consorcio de Compensación de Seguros para hacerse con la famosa finca de Lanzarote.
Al conseguir la intervención, se abre un nuevo proceso de apelación en el que podremos actuar contra la pretensión del Consorcio y su afán de poseer la citada finca.


Seguiremos informando.



21 junio 2006

Nota Informativa




El pasado jueves 15 de junio tuvo lugar la concentración ante la Consejería de Economía y Finanzas de la Generalitat de Catalunya, ya anunciada.

La realidad es que si bien no superaron las 50 personas, la iniciativa de los telegramas fue muy eficaz, y la presencia de TV supuso el eco necesario para que a la Junta de la Plataforma la recibiese la Dirección de la citada Consejería, y se comprometiera, en el tiempo de este mismo mes, a contestar los requerimientos que sobre su responsabilidad les tiene hechos nuestro Gabinete Jurídico.

Se hace preciso, en este momento, concretar la situación actual y las gestiones que se han llevado a cabo, y están propuestas en la actualidad por esta Plataforma:

1º En octubre de 2002, el Juzgado de Instrucción nº 15 de Barcelona admitió a trámite la querella criminal presentada por parte de un colectivo de querellantes, y en cuya instrucción se ha venido imputando a las siguientes personas: Evaristo Pérez Sánchez (fallecido), Juan José Pérez Sánchez, María de las Mercedes Torres Salado, María Nieves Torres Salado, Rocío Torres Salado, José Luis García Barragán, Abigail Martín Labazuy, Juan Andrés Torrecillas Martínez, Diego Luna Sánchez, Ángel Páramo Zarzuelo, Conrado Sastre Sabater, Jontahan Sendra Melguizo, Stephen Ross, Benito Escolano Lorrio, Gabriel de Ramón Grau, Miguel Lahoz y Juan Bautista Aragonés Charle.

2º Al mismo tiempo, octubre de 2002, se fijó una fianza solidaria de 1.500 millones de pesetas, de las que no se ha depositado cantidad alguna por ningún imputado, pese a la protesta constante de este colectivo, que denunció en mayo de 2005 ante el Consejo General del Poder Judicial esta situación.

3º Mientras sucedían estos hechos, el Consorcio de Compensación de Seguros presentó también querella adhiriéndose a la nuestra, con la pretensión, sin duda, al haber abonado el 89% de la inversión de los afectados de Mutua Mas Vida, de acceder a la propiedad de algunas de las fincas puestas a nombre de diversas empresas, como Esteres Land, Fabreral, etc. Esta iniciativa ha sido siempre combativa por el colectivo de querellantes, y ahora por la Plataforma de Afectados.

4º La realidad es que Rural New Life, S.A. creó, en su día, la Mutua Mas Vida, como viene sosteniendo esta Plataforma, aunque el Consorcio de Compensación de Seguros intenta demostrar que en realidad la Mutua Mas Vida se creó antes, y por ello los bienes de Rural New Life son de su propiedad. Esta afirmación, además de no ser cierta, supondría en todo caso que Mas Vida estaría obligada a pagar las inversiones que no devolvió nunca Rural New Life, por lo que quienes autorizaron y gestionaron ambas empresas, independientemente de los expolios que individualmente hayan cometido sus directivos, las Administraciones Públicas que gestionaron su creación (incluso nombrando administradores hasta el día de la fecha) deben asumir la responsabilidad civil que ha supuesto la pérdida de las inversiones a todos los afectados.

Son evidentes las negligencias que la Generalitat de Catalunya y la Dirección General de Seguros tuvieron, al aprobar una Mutua como la de Mas Vida, con la falsificación del acta fundacional y otros documentos, y de la que no puede exonerarse la Dirección Central de Seguros de Madrid, que puso el visto bueno en tal documentación (tenemos todas las pruebas de dicha evidencia).

5º Sin embargo, en febrero de 2002 de produce, casi simultáneamente, la intervención de ambas empresas (Rural New Life y Mutua Mas Vida), mediante la declaración de Quiebra voluntaria que la propia Generalitat de Catalunya insta ante los Juzgados de Barcelona y de Sevilla, nombrando unos administradores que actúan todavía hoy, pese al hecho de existir dos Sindicaturas (compuestas por el Consorcio de Compensación de Seguros para Mutua Mas Vida, y por los letrados Roberto Lagoa Santodomingo y Jesús Verdes Lezana para Rural New Life).

6º Hemos sostenido siempre que ambas quiebras son fraudulentas, como así lo han dicho los jueces de Barcelona y Sevilla, lo que supone deben instruirse todas las responsabilidades en vía penal, que es hasta la fecha la más avanzada.

El pasado 31 de mayo hemos conseguido por fin que el Juzgado de Primera Instancia de Sevilla nº 5 obligue a la Sindicatura de Rural New Life a informar a todos los afectados sobre el requerimiento de fecha 8 de noviembre de 2005 que adjuntamos, así como la advertencia que a dichos Síndicos se hace de que deberán, de acuerdo con el art. 1362 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, realizar unos estados mensuales a los acreedores, dando conocimiento al Comisario de la Quiebra, lo que parece que hasta la fecha no se ha realizado.

7º De igual manera, estamos procediendo a oponernos a las iniciativas del Consorcio de Compensación de Seguros en su deseo de quedarse con la finca más valorada de Rural New Life, en Lanzarote, tasada en su día en más de 1.500 millones de las antiguas pesetas, porque para nosotros Rural New Life y Mas Vida es lo mismo, y así lo estamos demostrando.


Por todo ello, se hace preciso que la Plataforma de Afectados se una al colectivo de querellantes ante el Juzgado de Instrucción nº 15 de Barcelona, donde ya nos hemos personado, pero cuya ratificación solicita la Juez.

Entendemos la necesidad de comunicar directamente con uds. en toda España, por lo que tenemos previsto convocar tres reuniones en Alicante, Vigo y Madrid, que se celebrarán entre el 15 y 30 de julio, con el fin de ampliar la información y contestar personalmente a todas sus preguntas y sugerencias.



Afectuosamente,



La Plataforma